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Formulario 568 (2013): Declaración de ingresos de la sociedad de responsabilidad limitada

Comprenda el formulario 568 (2013) para las LLC de California: reglas de presentación, plazos, requisitos y detalles clave para la declaración de impuestos de las sociedades de responsabilidad limitada.
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Published date:
December 9, 2025
Updated date:
February 22, 2026

Descargar el Formulario Oficial 2013 California

Descargue el formulario oficial California para el año fiscal 2013 y revise cada sección antes de completarlo. Usar el formulario del año fiscal incorrecto resultará en rechazo; siempre confirme que tiene la versión 2013 antes de comenzar.

Form California — Formulario 568 (2013): Declaración de ingresos de la sociedad de responsabilidad limitada

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Para qué sirve el formulario 568 (2013) de California

El formulario 568 (2013) de California es la declaración anual que la mayoría de las sociedades de responsabilidad limitada (LLC) deben presentar ante la Junta de Impuestos de Franquicias. En él se declaran los ingresos, las deducciones y los créditos de la LLC, se calcula el impuesto anual obligatorio de 800$ y se aplica la comisión de la LLC en función de los ingresos de origen californiano.

Como la mayoría de las LLC se tratan como entidades de transferencia, no pagan impuestos sobre la renta regulares a nivel de entidad. En cambio, los ingresos, las deducciones y los créditos se transfieren a los miembros, quienes declaran su parte en su propia declaración de impuestos sobre la renta individual o en su declaración comercial. El formulario 568 también está vinculado al Anexo K-1 (568), que muestra la parte distributiva de cada miembro y afecta a su obligación tributaria personal.

El formulario 568 generalmente se aplica a las LLC clasificadas como sociedades a efectos de impuestos federales, incluidas la mayoría de las LLC de varios miembros. Las LLC de un solo miembro (SMLLC) que no son entidades consideradas como entidades no consideradas siguen presentando el formulario 568 de California (2013), principalmente para declarar el impuesto anual y la tasa de LLC. Las LLC que optaron por la tributación corporativa presentan en su lugar el formulario 100 o 100S.

Cuándo utilizaría el formulario 568 (2013) de California

Debe presentar el formulario 568 si su LLC opera en California, está organizada en California, está registrada ante la Secretaría de Estado de California o obtiene ingresos de fuentes de California. «Hacer negocios» incluye tener miembros o gerentes que desarrollen actividades en el estado, incluso si la compañía tiene su sede en otro lugar.

Para 2013, las LLC clasificadas como sociedades colectivas generalmente deben presentar su solicitud antes del día 15 del tercer mes después del cierre del año tributario. Para las LLC de un año calendario, es el 15 de marzo de 2014. Algunas PYMES comparten esa fecha de vencimiento, mientras que las que son propiedad de personas físicas suelen tener una fecha de vencimiento similar a la declaración del propietario, a menudo el 15 de abril.

California otorga prórrogas automáticas: alrededor de siete meses para las personas que presentan declaraciones en forma de asociación y seis meses para muchas pequeñas y medianas empresas. La prórroga solo retrasa el plazo para presentar una declaración de impuestos, no para pagar los 800 dólares en concepto de impuestos o tasas de LLC. Si tiene una declaración vencida, preséntela lo antes posible para reducir las multas y los intereses.

Vuelve a utilizar el formulario 568 (2013) de California al presentar una declaración enmendada. Esto sucede si descubre errores, recibe información corregida o si el IRS cambia su declaración federal. Debe marcar la casilla de declaración modificada, emitir los anexos K-1 (568) modificados a los miembros afectados y, si los cambios se derivan de una auditoría del IRS, presentar la declaración de California modificada en un plazo de seis meses a partir de la determinación federal final.

Reglas o detalles clave para 2013

El impuesto anual de 800 dólares

Cada LLC que haga negocios en California o esté registrada ante la Secretaría de Estado debe un impuesto anual de 800 dólares. Se trata de un impuesto fijo de «privilegio», que no se basa en las ganancias, y se aplica incluso si la LLC no tiene ingresos o opera con pérdidas. En el caso de las LLC de un año natural, el impuesto anual de 2013 vence el 15 de abril de 2013 (el día 15 del cuarto mes después del inicio del año) y se paga mediante el formulario FTB 3522.

La tarifa de LLC sobre los ingresos de California

Además del impuesto de 800$, las LLC con ingresos de origen californiano de 250 000$ o más deben pagar una cuota de LLC. Para 2013, la tarifa se basa en los ingresos totales de California antes de las deducciones:

  • entre 250 000 y 499 999 dólares: 900 dólares
  • 500.000 a 999.999 dólares: 2.500 dólares
  • 1 000 000$ — 4 999.999$: 6.000$
  • 5 000 000$ o más: 11 790$

Calcula esta tarifa antes del día 15 del sexto mes del año (15 de junio para las LLC del año calendario) y la paga mediante el formulario FTB 3536. El pago insuficiente puede conllevar una multa del 10% por el pago insuficiente.

California: diferencias federales para 2013

Para 2013, California cumple con el Código de Impuestos Internos solo hasta el 1 de enero de 2009. Esto significa que algunas disposiciones federales, como ciertas reglas de amortización de bonificaciones y regímenes crediticios, no se aplican a California. No puedes simplemente copiar las cifras federales; es posible que necesites hacer ajustes específicos para California, lo que puede afectar tu impuesto sobre la renta y la comisión de la LLC.

Los miembros no residentes y la retención

Si su LLC tiene miembros no residentes, los requisitos de presentación incluyen obtener el formulario FTB 3832 (consentimiento para presentar una declaración de impuestos en California) o pagar impuestos en su nombre con la tasa más alta de California. Este impuesto de «no residente que no dé su consentimiento» se declara y paga con el formulario 568.

Suspensión, decomiso y sanciones

No presentar una declaración de impuestos ni pagar los montos requeridos puede llevar a la suspensión (LLC nacional) o al decomiso (LLC extranjera). Durante la suspensión, la entidad pierde derechos legales clave en California y se pueden aplicar sanciones adicionales. A partir de 2013, las LLC extranjeras no registradas que hagan negocios en el estado también pueden enfrentarse a una multa mínima de 2000 dólares.

Paso a paso (nivel alto)

Paso 1: Confirme que debe presentar el formulario 568

Verifique su tipo de entidad, su clasificación fiscal y su presencia en California. Si su LLC tributa como sociedad colectiva o entidad no reconocida y cumple con los requisitos de actividad o registro de California, el formulario 568 (2013) de California es la declaración correcta para presentar una declaración de impuestos del año.

Paso 2: Reunir datos financieros y de miembros

Recopile el formulario federal 1065 (si corresponde), los estados financieros, los detalles de los ingresos de origen californiano y los registros del capital, las distribuciones y los porcentajes de propiedad de los miembros. También necesitarás datos del año anterior y cualquier ajuste específico de California que afecte a tu obligación tributaria.

Paso 3: Complete el Programa B y el Programa IW

Utilice el Anexo B para declarar los ingresos y las deducciones, incluidos los ingresos brutos, el costo de los bienes vendidos y los gastos comerciales ordinarios. Complete el Anexo IW (hoja de trabajo sobre ingresos de la LLC) para calcular los ingresos totales de California, lo que determina los tramos de comisiones de la LLC y el monto declarado en el formulario 568.

Paso 4: Prepare el Programa K y los Programas K-1 (568)

El Anexo K resume todas las partidas distributivas de las acciones de los miembros, incluidos los ingresos, las deducciones, los créditos y los ajustes. Luego, prepare el Anexo K-1 (568) para cada miembro, asignando los montos en función de los porcentajes de propiedad expresados en decimales. Los miembros los utilizan para presentar sus propias declaraciones de impuestos sobre la renta.

Paso 5: Responda a todas las preguntas y calcule los impuestos

Complete las preguntas de sí/no de las caras 2 y 3 sobre cambios de propiedad, bienes inmuebles y situaciones especiales. Luego calcule el impuesto anual de 800$ (si aún no se ha pagado), la cuota de la LLC, el impuesto a los miembros no residentes, las multas y los intereses. Aplica los pagos y créditos para calcular cualquier saldo adeudado o sobrepago.

Paso 6: Firmar, archivar y distribuir los K-1

Un miembro o gerente debe firmar la declaración bajo pena de perjurio. Preséntela electrónicamente si se preparó con software, o envíe por correo una declaración en papel si está permitido. Entregue a cada miembro una copia de su Anexo K-1 con prontitud para que pueda presentar una declaración de impuestos de manera precisa y puntual.

Errores comunes y cómo evitarlos

  • Suponiendo que no es necesario archivar cuando no hay actividad
    Si su LLC está registrada o opera en California, por lo general debe presentar el formulario 568 y pagar el impuesto de 800 dólares hasta que cancele formalmente la entidad.
  • Combinar el formulario 568 y el formulario 565
    Las LLC usan el formulario 568; las asociaciones y las LLP usan el formulario 565. La única excepción común son algunas sociedades de responsabilidad limitada extranjeras no registradas con ingresos en California pero que no «hacen negocios», que pueden presentar el formulario 565.
  • Pagar el impuesto de 800 dólares con la declaración en lugar de hacerlo con el FTB 3522
    El impuesto anual vence a principios de año, aparte de la declaración, y el pago atrasado aumenta su obligación tributaria a través de multas e intereses.
  • Calcular la comisión de la LLC sobre los ingresos netos
    Utilice los ingresos totales de origen californiano antes de las deducciones y siga cuidadosamente el Anexo IW para evitar multas por pago insuficiente.
  • Omitir o preparar de manera incompleta los Anexos K-1
    Cada miembro necesita un Anexo K-1 (568) completo con los porcentajes correctos y la información de dirección.
  • No tramitar el consentimiento o la retención de un miembro no residente
    Obtenga el formulario FTB 3832 de los no residentes o pague impuestos en su nombre con la tasa más alta como parte de sus requisitos de presentación.
  • Suspender las solicitudes sin disolverse formalmente
    Hasta que presente una declaración final y la cancele ante el Secretario de Estado, el impuesto anual de 800 dólares continúa cada año y puede convertirse en un problema considerable de declaraciones vencidas.

Qué sucede después de presentar la solicitud

Después de recibir el formulario 568 (2013) de California, la FTB procesa la declaración, verifica los cronogramas y los cálculos y la compara con los pagos, como el impuesto anual y la tarifa estimada de la LLC. En el caso de las declaraciones presentadas electrónicamente, esto suele ocurrir más rápido que en el caso de las declaraciones en papel.

Luego, cada miembro usa su Anexo K-1 (568) para declarar su parte de los artículos de la LLC en una declaración de impuestos sobre la renta individual o una declaración comercial de California. La FTB puede cotejar esas cantidades K-1 con las declaraciones de los miembros, por lo que es importante presentar informes coherentes.

Si su LLC pagó en exceso, la FTB emite un reembolso o aplica el crédito a un año futuro. Si pagaste menos del impuesto anual, la cuota de la LLC o el impuesto de socio no residente, recibirás un aviso con el impuesto sobre la renta, las multas y los intereses adicionales. Hacer caso omiso de estas notificaciones puede llevar a la suspensión forzosa del cobro o a la suspensión de la entidad.

Si el IRS ajusta más adelante su declaración federal, es posible que tenga que modificar el formulario 568 de California, especialmente si los cambios afectan a los ingresos de origen californiano o a los requisitos de presentación de los miembros. Guarde copias del formulario 568, del formulario K-1 y de los anexos correspondientes durante al menos cuatro años, y mantenga los registros básicos durante más tiempo para respaldar las transacciones futuras.

Preguntas frecuentes

¿Debo pagar el impuesto anual de 800 dólares incluso si mi LLC no tuvo ingresos en 2013?

Sí. Mientras su LLC opere en California, esté organizada en California o registrada ante la Secretaría de Estado, el impuesto anual de 800 dólares se aplica independientemente de los ingresos. La única manera de detener esta obligación tributaria recurrente es presentar un formulario 568 definitivo y cancelar formalmente la LLC ante el Secretario de Estado.

¿Cuál es la diferencia entre el formulario 568 (2013) de California y el formulario 565?

El formulario 568 es para las LLC, incluidas las pequeñas y medianas empresas, que se consideran sociedades o entidades excluidas a efectos fiscales. El formulario 565 es para sociedades tradicionales, sociedades limitadas y sociedades de responsabilidad limitada. El uso de un formulario incorrecto puede hacer que los requisitos de presentación se consideren incumplidos y puede retrasar el procesamiento.

¿Cómo se calcula la tarifa de LLC de 2013 y cuándo vence?

La tarifa de la LLC se basa en el ingreso total de origen californiano antes de las deducciones. Si esos ingresos son de al menos 250 000$, usted calcula la cuota utilizando los tramos de 2013 y paga una cantidad estimada antes del día 15 del sexto mes del año mediante el formulario FTB 3536. La tarifa final se concilia en el formulario 568, y el pago insuficiente puede conllevar una multa del 10%.

¿Cuáles son mis responsabilidades si tengo miembros no residentes?

Debe recopilar el formulario FTB 3832 de cada miembro no residente, aceptando presentar una declaración de California, o pagar impuestos sobre su participación distributiva a la tasa más alta de California. Ese impuesto de no residente que no dé su consentimiento se declara y paga con el formulario 568 (2013) de California y pasa a formar parte del cálculo general de su obligación tributaria.

¿Qué debo hacer para disolver correctamente mi LLC?

Para cerrar por completo su LLC y detener el impuesto anual de 800 dólares, debe presentar un formulario 568 final, pagar los impuestos, tasas y multas restantes y presentar los documentos de cancelación requeridos (como el certificado de cancelación) ante la Secretaría de Estado de California. El simple hecho de dejar de operar o cerrar cuentas bancarias no es suficiente para poner fin a tus obligaciones tributarias.

Si el IRS audita mi declaración federal y hace cambios, ¿debo modificar el formulario 568?

Sí, si los cambios federales afectan sus ingresos en California, la cuota de la LLC o la obligación tributaria de los miembros en California. En ese caso, debe presentar un formulario 568 de California modificado en un plazo de seis meses a partir de la decisión federal final y emitir los anexos K-1 (568) modificados para que los miembros puedan actualizar sus propias declaraciones si es necesario.

https://www.states.gettaxreliefnow.com/State%20of%20California/Form%20568%202013.pdf
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