
Este servicio brinda representación completa a las personas que no pueden pagar su factura tributaria federal en su totalidad y necesitan un plan de pago estructurado del IRS para resolver su deuda tributaria y, al mismo tiempo, detener o impedir la ejecución. Este no es un servicio de presentación de formularios. Es una representación profesional diseñada para protegerlo y guiar el proceso del IRS correctamente de principio a fin.
Cuando nos contrata, preparamos y presentamos el formulario 2848 del IRS, poder notarial, de inmediato. Esta autorización legal nos permite representarlo ante el Servicio de Impuestos Internos.
Una vez que el IRS procese el poder notarial:
Este paso por sí solo a menudo brinda un alivio inmediato. Muchos clientes se comunican con nosotros porque tienen miedo de responder a las llamadas del IRS o no entienden las notificaciones que reciben. Una vez que intervenimos, esa carga desaparece.

Obtenemos los registros de su cuenta del IRS y las transcripciones de impuestos para comprender con precisión cuál es la situación de su caso y qué medidas puede estar tomando el IRS.
Confirmamos la exactitud del saldo del IRS e identificamos cualquier problema que pueda afectar su elegibilidad para su plan de pago. En algunos casos, los saldos incluyen multas que pueden optar a una reducción o cuotas que deben impugnarse.
El IRS ofrece varios tipos de planes de pago, también conocidos como acuerdos de pago a plazos, cada uno de los cuales se aplica a diferentes circunstancias financieras y situaciones de cumplimiento.
Si bien el IRS ofrece una herramienta de acuerdo de pago en línea, muchos contribuyentes son rechazados o aprobados por términos inasequibles porque se malinterpretan las reglas de elegibilidad y los requisitos de divulgación financiera. Revisamos su situación detenidamente antes de presentar cualquier solicitud para evitar errores costosos y hacer cumplir la ley de manera innecesaria.

Según su caso, preparamos y enviamos todos los formularios del IRS requeridos, que incluyen:
Estos formularios determinan lo que el IRS cree que puede pagar. Los preparamos cuidadosamente para asegurarnos de que los gastos permitidos estén debidamente documentados y de que su capacidad de pago no esté exagerada.
Una vez presentada su solicitud:
Si el IRS rechaza inicialmente una propuesta o solicita información adicional, respondemos y continuamos las negociaciones en lugar de permitir que se reanude la ejecución.

Los problemas tributarios del IRS no se resuelven solos. Esperar casi siempre empeora la situación.
Muchas personas intentan utilizar la herramienta de acuerdo de pago en línea o llamar directamente al IRS sin entender los requisitos de presentación, las normas de divulgación financiera ni las obligaciones tributarias estimadas. Estos intentos suelen resultar en el rechazo o la aprobación de condiciones de pago inasequibles.
Una vez que comienza la aplicación de la ley, detenerla se hace más difícil. Actuar pronto preserva el apalancamiento y evita daños financieros innecesarios.
El Servicio de Impuestos Internos tiene una amplia autoridad en virtud del Código de Impuestos Internos para recaudar los impuestos federales impagos sin acudir a los tribunales. Esta autoridad y el proceso de ejecución se describen en IRS.gov.
Después de evaluar un impuesto mediante una declaración de impuestos presentada o una evaluación del IRS, la deuda pasa a ser legalmente cobrable. Luego, el IRS envía una serie de avisos, que generalmente incluyen:
Cada notificación aumenta la urgencia y acerca la cuenta a la entrada en vigor.


Cuando los contribuyentes no hacen arreglos de pago, el IRS puede emprender acciones de ejecución para cobrar el saldo pendiente.
Según IRS.gov, el Servicio de Impuestos Internos no necesita una orden judicial para usar estas herramientas de recaudación.
Los impuestos federales no pagados acumulan multas e intereses hasta que se resuelvan. El IRS generalmente tiene diez años a partir de la fecha de evaluación para cobrar una deuda tributaria, lo que se conoce como fecha de vencimiento de la ley de cobro. Algunas acciones específicas, incluidas las solicitudes de planes de pago, pueden pausar o extender este período.

Necesita este servicio si:
Muchos contribuyentes empeoran su situación al cometer errores evitables:
Nuestro proceso es estructurado, proactivo y se centra en protegerlo.
Comenzamos por revisar las notificaciones del IRS que recibió, su saldo adeudado actual y cualquier acción de cumplimiento que ya esté en vigor. Esto nos permite entender la urgencia de su situación e identificar los riesgos inmediatos.
Preparamos y presentamos el formulario 2848 del IRS para representarlo legalmente ante el Servicio de Impuestos Internos. Una vez procesado, el IRS se comunica con nosotros en lugar de contactarlo directamente.


Obtenemos sus transcripciones de impuestos del IRS para confirmar los saldos, las multas, los intereses y el historial de pagos. También verificamos si se han presentado todas las declaraciones de impuestos requeridas e identificamos cualquier problema de cumplimiento.
Analizamos sus ingresos, gastos, activos y dificultades financieras para determinar lo que puede pagar de manera realista. Basándonos en este análisis, seleccionamos la opción de plan de pago del IRS más adecuada.
Preparamos y enviamos todos los formularios requeridos por el IRS, incluidos los documentos del plan de pago y de divulgación financiera. Cada presentación se revisa cuidadosamente para reducir el riesgo de rechazo o retraso.
Manejamos todas las comunicaciones con el IRS mientras se revisa su solicitud. Si el IRS solicita información adicional o propone términos diferentes, respondemos y negociamos en su nombre.
Una vez que el IRS aprueba el plan de pago, explicamos los términos, los requisitos de pago mensual y las reglas de cumplimiento. Le ayudamos a entender cómo mantenerse al día y evitar el incumplimiento.

Se pueden emitir avisos finales, la autoridad recaudatoria puede activarse y se puede presentar un gravamen tributario federal.
Con frecuencia comienzan los gravámenes bancarios y los embargos salariales, y es posible que se incauten fondos o ingresos.
Las perturbaciones financieras pueden intensificarse y el daño crediticio puede aumentar a medida que continúe la aplicación de la ley.
El IRS no esperará. Las multas y los intereses continuarán. La aplicación seguirá adelante.
Intervenimos, tomamos el control y nos ocupamos del IRS por usted. Cuanto antes se comunique con nosotros, más opciones tendremos para proteger sus ingresos y activos.
Llame ahora para una consulta confidencial.
Los resultados dependen de las circunstancias individuales y de las determinaciones del IRS. No se garantiza ningún resultado. La representación está sujeta a las normas y procedimientos del IRS. Se aplica la divulgación de la Circular 230 del IRS.