Carta 1058 del IRS: Aviso final de intención de gravar

Un Carta 1058 del IRS el aviso puede hacer que los contribuyentes se sientan ansiosos. Esta es la última notificación del Servicio de Impuestos Internos sobre su intención de recaudar impuestos, lo que significa que la agencia se está preparando para tomar medidas de cobro contra su propiedad, salario o cuentas bancarias. Es uno de los avisos más graves que envía el IRS porque, en virtud del Código de Impuestos Internos, les otorga la autoridad legal necesaria para hacer cumplir el pago de los impuestos vencidos.
Cuando llegue esta carta, el IRS ya ha determinado que tiene una obligación tributaria sin resolver y un saldo pendiente de pago. Ignorarlo pone en riesgo sus bienes personales, activos comerciales y otros ingresos. La notificación también explica su derecho a una audiencia ante la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS, que generalmente prohíbe las actividades de cobro hasta que se haya revisado su caso.
Aunque la carta es un aviso final, todavía tiene opciones. Actuar con rapidez puede ayudarlo a proteger los salarios de sus contribuyentes, evitar que se impongan impuestos a sus cuentas bancarias y evitar que se añadan multas adicionales. Cuanto antes responda, más oportunidades tendrá de administrar su deuda tributaria mediante el pago voluntario, un acuerdo de pago a plazos u otras formas de alivio.
¿Qué es la carta 1058 del IRS?
La carta 1058 del IRS, también llamada notificación final de intención de gravar, es una advertencia formal del Servicio de Impuestos Internos. Le indica que el IRS tiene la intención de confiscar propiedades o derechos de propiedad para cobrar la deuda tributaria morosa. La notificación también explica su derecho a una audiencia antes de que se produzca cualquier cobro forzoso.
Puntos esenciales sobre la carta 1058 del IRS:
- Último aviso antes de la tasa: Esta es la última carta del IRS antes de tomar medidas de cobro, como el embargo de salarios, el embargo de cuentas bancarias o la incautación de propiedades.
- Periodo de respuesta de 30 días: Por lo general, tiene 30 días a partir de la fecha de la notificación para solicitar una audiencia de debido proceso de cobro o hacer arreglos para pagar.
- Derecho a apelar: La carta incluye su derecho a una audiencia en la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS, que generalmente prohíbe el cobro hasta que se complete el proceso de audiencia.
- Basado en el saldo pendiente de pago: La notificación se emite después de que el IRS confirme que aún debe un saldo vencido de períodos tributarios anteriores.
- Parte del Código de Rentas Internas: Este aviso está autorizado por la sección 6330 del Código de Rentas Internas, que rige las protecciones de los contribuyentes antes de la acción recaudatoria.
- Graves consecuencias por ignorar: La falta de respuesta puede dar lugar a un gravamen fiscal federal, a un gravamen continuo sobre los salarios del contribuyente, a la incautación de activos comerciales o incluso a la certificación del pasaporte en virtud de la legislación sobre la reparación del transporte terrestre de los Estados Unidos.
Por qué es importante este aviso
La carta 1058 del IRS no es una factura de rutina. Es una notificación de embargo legal que activa la autoridad del gobierno para confiscar propiedades y recaudar los impuestos vencidos. Una vez que se emita esta notificación final, el Servicio de Impuestos Internos tiene amplias facultades para hacer cumplir el pago en virtud del Código de Impuestos Internos.
Principales motivos por los que este aviso es importante:
- Autoridad legal para actuar: Una vez transcurrido el período de 30 días, el IRS puede embargar cuentas bancarias, embargar los salarios de los contribuyentes, embargar activos personales o comerciales e interceptar los reembolsos de impuestos estatales.
- Tiempo de respuesta limitado: Tiene un período breve para solicitar una audiencia de debido proceso de cobro, solicitar un acuerdo de pago a plazos o realizar un pago voluntario antes de que comience la ejecución.
- Impacto en la vida diaria: Un embargo puede congelar los activos actuales en sus cuentas bancarias, reducir los beneficios del seguro social o restringir el acceso a otros ingresos necesarios para los gastos básicos.
- Consecuencias de los registros públicos: Ignorar la notificación puede resultar en un gravamen tributario federal, un aviso público de deuda tributaria morosa que perjudica el crédito y complica las declaraciones de impuestos futuras.
- Restricciones de viaje: Según la legislación de la Ley FAST de transporte terrestre, el Departamento de Estado puede denegar o revocar un pasaporte si el IRS lo certifica como contribuyente con una deuda tributaria gravemente morosa.
Consecuencias de ignorar la carta 1058 del IRS
Cuando el IRS emite una notificación final de intención de imponer un embargo, hay mucho en juego. Si no responde dentro del plazo requerido, el IRS puede imponer el cobro haciendo uso de las amplias facultades que le otorga el Código de Impuestos Internos. Estas acciones pueden afectar tanto a los activos personales como a los comerciales y generar estrés financiero a largo plazo.
Posibles resultados de no responder:
- Embargo salarial: El IRS puede imponer un gravamen continuo sobre los salarios de los contribuyentes, dejando solo el monto exento para gastos de manutención. Esto puede causar graves problemas si el saldo restante no cubre las necesidades del hogar.
- Impuesto sobre cuentas bancarias: Los fondos de sus cuentas bancarias pueden congelarse inmediatamente y, después del período de retención de 21 días, el IRS puede aplicarlos a su saldo pendiente de pago. Varias cuentas y activos corrientes pueden verse afectados al mismo tiempo.
- Incautación de bienes: La agencia puede confiscar propiedades, exentas y no exentas, incluidos vehículos, bienes inmuebles o activos comerciales. Incluso los dividendos del Fondo Permanente de Alaska y los reembolsos de impuestos estatales pueden estar sujetos a impuestos.
- Impuesto fiscal federal: Un gravamen se convierte en un aviso público de una deuda tributaria morosa, lo que perjudica las calificaciones crediticias y limita el acceso a nuevos préstamos o financiación. También se aplica a los bienes que posea y adquiera en el futuro.
- Restricciones de pasaporte: Según la legislación de la Ley de reparación del transporte terrestre de los Estados Unidos, el IRS puede certificar a un contribuyente con una deuda tributaria gravemente morosa con el Departamento de Estado. Esto puede resultar en la certificación o revocación del pasaporte.
- Multas e intereses: Las multas aplicables se agregan cada mes y los cargos por intereses aumentan la obligación tributaria total. El Manual de Impuestos Internos señala que estos cargos continúan hasta que el período impositivo se resuelva por completo.
Opciones de alivio paso a paso
Incluso después de recibir una notificación final de intención de imponer un embargo, el Servicio de Impuestos Internos ofrece varias formas de resolver la deuda tributaria morosa. Actuar con rapidez puede evitar la incautación de bienes personales, proteger las cuentas bancarias y evitar que se añadan a su saldo pendiente de pago las multas adicionales aplicables.
Obtenga las transcripciones del IRS
- Verifique su obligación tributaria: Las transcripciones confirman sus declaraciones de impuestos, los detalles del período impositivo, el saldo restante y las multas aplicables que se han agregado a su cuenta.
- Formas de obtener registros: Puede presentar la solicitud en línea a través del sitio web del IRS, llamar al número de teléfono que figura en el aviso o completar el formulario 4506-T para recibir los documentos por correo.
- Por qué es importante: La revisión de las transcripciones garantiza que la fuente del impuesto y la obligación tributaria sean precisas antes de organizar el pago.
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Planes de pago (acuerdos de pago a plazos)
- Opción a corto plazo: Hay un plan de pago voluntario disponible para los saldos que se pueden pagar en un plazo de 120 días.
- Opción a largo plazo: El IRS aprueba un acuerdo de pago a plazos que distribuye los saldos más grandes entre los pagos mensuales.
- Proceso de solicitud: Los contribuyentes pueden presentar la solicitud en línea o llamar al número de teléfono que figura en la notificación de embargo para presentar información financiera y solicitar la aprobación.
- Beneficio: Una vez aprobado, un acuerdo de pago a plazos generalmente prohíbe el cobro forzoso, lo que detiene el embargo salarial y los gravámenes bancarios.
Oferta de compromiso (OIC)
- Conformarse con menos: Una OIC le permite resolver su obligación tributaria por un importe inferior al total del saldo pendiente de pago si cumple con los criterios de elegibilidad.
- Factores de calificación: Puede reunir los requisitos si enfrenta dificultades económicas, no puede pagar en un plazo razonable o tiene una disputa legítima sobre la cantidad correcta adeudada.
- Proceso: Para presentar la solicitud, debe completar el formulario 656, enviar un comprobante de dificultades financieras con los documentos de respaldo y pagar la tarifa de solicitud requerida, a menos que califique para una exención.
Reducción de sanciones
- Alivio por primera vez: Si tiene un historial de cumplimiento limpio, puede reunir los requisitos para la reducción por primera vez sin tener que presentar formularios adicionales.
- Causa razonable: Puede solicitar ayuda cuando una enfermedad grave, un desastre natural u otros eventos inesperados impidan presentar la declaración de impuestos a tiempo.
- Cómo solicitar: Para optar por esta opción, puede presentar una declaración por escrito, llamar al número de teléfono que aparece en la notificación o completar el formulario 843 para solicitar una reducción de las multas.
Audiencia sobre el debido proceso de cobro
- Derecho a apelar: Puede solicitar un debido proceso de cobro audiencia dentro de los 30 días de la fecha de notificación final.
- Revisión independiente: La Oficina de Apelaciones Independiente del IRS se encarga de la audiencia, que generalmente prohíbe el cobro hasta que concluya la audiencia del proceso.
- Escalamiento: Si no está de acuerdo con el resultado, puede llevar su caso ante el Tribunal Tributario de los Estados Unidos para una revisión adicional.
Actualmente no está en estado coleccionable (CNC)
- Alivio temporal: El estatus CNC se aplica cuando el cobro forzoso podría causar dificultades económicas al dejarlo sin la cantidad exenta necesaria para los gastos básicos de manutención.
- Requisitos: Para calificar, debe enviar un comprobante de ingresos y gastos, generalmente completando el formulario 433-F.
- Consideraciones: Si bien los intereses y las multas siguen acumulándose, el IRS suspende el cobro hasta que su situación financiera mejore.
Ayuda y recursos profesionales
Leer solo la carta 1058 del IRS puede resultar abrumador, especialmente si se enfrenta a un saldo impagado significativo o a declaraciones de impuestos complejas. La asistencia profesional garantiza que sus derechos estén protegidos y que explore todas las opciones de reparación en virtud del Código de Impuestos Internos.
Cuando la asistencia profesional tiene sentido
- Deudas grandes o complejas: Se recomienda encarecidamente la ayuda de un profesional si su deuda tributaria morosa involucra activos comerciales, varios períodos impositivos o multas importantes aplicables que se han agregado a su cuenta.
- Oferta en casos de compromiso: Los profesionales de impuestos pueden evaluar si usted reúne los requisitos para los programas de liquidación y guiarlo para completar el formulario 656 y la documentación de respaldo.
- Audiencia sobre el debido proceso de cobro: Un representante con experiencia puede preparar su caso para la Oficina de Apelaciones Independiente y, si es necesario, representarlo en el Tribunal Fiscal de los Estados Unidos.
- Tasa de riesgo o situaciones difíciles: Los profesionales pueden ayudar a demostrar las dificultades económicas, proporcionar los registros financieros requeridos y solicitar ayuda, como la condición de no cobrable.
- Reducir el estrés y los errores: La orientación de expertos garantiza que su documentación sea precisa, que se cumplan los plazos y que la comunicación con el Servicio de Impuestos Internos se gestione correctamente.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para responder a la carta 1058 del IRS?
Por lo general, tiene 30 días a partir de la fecha de la notificación final para actuar antes de que el Servicio de Impuestos Internos pueda iniciar la recaudación forzosa. Este período le permite solicitar una audiencia de debido proceso de cobro, solicitar un acuerdo de pago a plazos o hacer arreglos de pago voluntarios. Responder lo antes posible aumenta sus posibilidades de proteger los bienes exentos de embargo y reduce las multas adicionales aplicables que se suman a su saldo pendiente de pago.
¿Puede el IRS embargar mis cuentas bancarias o beneficios del Seguro Social?
Sí, el IRS puede embargar cuentas bancarias y beneficios del Seguro Social si no responde a la notificación de intención. Un embargo bancario congela los fondos durante 21 días antes de aplicarlos a su deuda tributaria morosa. También se puede aplicar un gravamen continuo a los beneficios mensuales del Seguro Social, dejando solo el monto exento. Tomar medidas rápidas puede prevenir o detener estos gravámenes antes de que entren en vigor.
¿Un acuerdo de pago a plazos detendrá la tasa?
Sí, una vez que se aprueba un acuerdo de pago a plazos, el IRS generalmente prohíbe el cobro forzoso, que incluye el embargo de salarios, el embargo de cuentas bancarias y la incautación de bienes personales. Un acuerdo le permite hacer pagos voluntarios mensuales de su obligación tributaria hasta que se resuelva el saldo restante. La solicitud en línea o a través del número de teléfono que figura en la notificación de embargo garantiza un procesamiento y una confirmación más rápidos de su acuerdo de pago.
¿Qué pasa si me enfrento a dificultades económicas?
Si el pago de su deuda tributaria crearía dificultades económicas, es posible que califique para la condición de no cobrable actualmente. Esta situación suspende las acciones recaudatorias contra los salarios, los activos corrientes y otros ingresos de su contribuyente mientras usted presente comprobantes de sus gastos. Si bien los intereses y las multas aplicables siguen acumulándose, el cobro se detiene temporalmente. El Servicio de Impuestos Internos revisa su caso periódicamente para determinar si su situación financiera ha mejorado lo suficiente como para reembolsarlo.
¿Puedo impugnar mi obligación tributaria ante el Tribunal Fiscal de los Estados Unidos?
Sí, puede impugnar su obligación tributaria ante el Tribunal Tributario de los Estados Unidos si no está de acuerdo con el resultado de una audiencia de debido proceso de cobro. Primero, debe completar el formulario 12153 para solicitar una audiencia procesal ante la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS. Si la Oficina Independiente confirma la responsabilidad, puede remitir el caso al tribunal tributario para que tome una decisión más formal y vinculante.
¿Qué sucede si hago caso omiso de la notificación de intención?
Ignorar la última notificación de intención de cobrar puede desencadenar acciones de cobro graves. El IRS puede embargar los salarios de los contribuyentes, congelar cuentas bancarias, embargar propiedades o declarar un embargo tributario federal como notificación pública de una deuda tributaria morosa. Además, según la legislación sobre la reparación del transporte terrestre de los Estados Unidos, su pasaporte puede ser denegado o revocado. Responder de inmediato brinda la oportunidad de negociar planes de pago u otros programas de ayuda.
¿Cómo solicito una audiencia de debido proceso de cobro?
Para solicitar una audiencia de debido proceso de cobro, complete el formulario 12153 y preséntelo dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la carta 1058 del IRS. Esta audiencia procesal permite a la Oficina de Apelaciones Independiente revisar su caso antes de iniciar la acción judicial. Mientras la apelación esté pendiente, el IRS generalmente prohíbe el cobro forzoso. Proporcionar información financiera precisa y documentos de respaldo ayuda a fortalecer su posición durante el proceso de audiencia.