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Contratar nuestro servicio significa que nos convertimos en su abogado autorizado ante el IRS. Gestionamos la comunicación, protegemos sus activos, verificamos su responsabilidad y negociamos soluciones estructuradas de acuerdo con las normas y procedimientos del IRS.
Presentamos un poder notarial y tomamos el control
Preparamos y presentamos el formulario 2848 del IRS, el poder notarial y la declaración del representante. Una vez aceptado, el IRS debe comunicarse directamente con nosotros en lugar de comunicarse con usted o con su personal. Esto cambia el control de forma inmediata.
En virtud del poder notarial, nosotros:
Detenemos o impedimos la aplicación
Según IRS.gov, una vez que se emita una notificación final de intención de embargo, tiene 30 días para solicitar una audiencia de debido proceso de cobro. El IRS puede proceder con la acción de embargo si usted no solicita una audiencia.
Actuamos dentro de ese plazo para preservar sus derechos.
Verificamos la deuda
Antes de proponer las condiciones de pago, confirmamos la exactitud.
La información precisa fortalece la negociación.
Preparamos la documentación financiera
El IRS exige que las empresas presenten el formulario 433-B al negociar la mayoría de las alternativas de cobro. Este formulario revela los ingresos, los gastos, los activos, las cuentas por cobrar y los pasivos.
Nos aseguramos de que:
Negociamos resoluciones estructuradas
En función de la elegibilidad, perseguimos:
Nuestro objetivo es proteger las operaciones y, al mismo tiempo, resolver la responsabilidad en virtud de la ley federal.
Los cobros del IRS no permanecen estáticos. El IRS tiene un proceso de escalamiento una vez que su empresa entre en la fase de cobro. La espera suele empeorar la situación. En la mayoría de los casos, la demora reduce sus opciones, aumenta el saldo total y fortalece la posición del IRS en materia de cumplimiento de la ley.
La autoridad de aplicación se activa automáticamente
Una vez que se emita la notificación correspondiente, el IRS no necesita una aprobación adicional para iniciar la acción de recaudación. Si los plazos pasan sin respuesta, la autoridad de ejecución pasa a estar activa de forma predeterminada. Esto significa que los gravámenes bancarios, las incautaciones de cuentas por cobrar y la presentación de gravámenes pueden producirse sin más negociación. Actuar con prontitud nos permite preservar los derechos de apelación y detener la ejecución antes de que comience.
Las multas y los intereses siguen acumulándose
Las multas por falta de pago generalmente se acumulan mensualmente y los intereses se acumulan diariamente según las pautas federales. Incluso si su empresa opera a una capacidad reducida, el saldo tributario sigue creciendo. Lo que hoy puede parecer manejable puede aumentar considerablemente en unos meses. La demora en la adopción de medidas aumenta la carga financiera y reduce la flexibilidad en las negociaciones para llegar a un acuerdo.
La participación de los funcionarios de ingresos intensifica la presión
La asignación de un caso a un oficial de ingresos generalmente resulta en una aplicación más directa y agresiva. Los funcionarios fiscales pueden realizar visitas de campo, solicitar registros financieros detallados y establecer plazos de respuesta estrictos. Sin representación, los propietarios de negocios a menudo se sienten presionados a hacer declaraciones o celebrar acuerdos que no son sostenibles desde el punto de vista financiero. La representación profesional ayuda a controlar estas interacciones.
Los derechos de apelación se pueden perder
El IRS otorga derechos procesales específicos, incluida la posibilidad de solicitar una audiencia de debido proceso de cobro dentro de los 30 días posteriores a la recepción de ciertas notificaciones. No cumplir con esa fecha límite elimina una importante capa de protección. Sin ese derecho de apelación, la acción de embargo puede proceder de inmediato, lo que limita su capacidad de impugnar la ejecución antes de que se incauten los activos.
El riesgo de responsabilidad personal se expande
Si los impuestos sobre la nómina siguen sin pagarse, el IRS puede iniciar una investigación de multa por recuperación de fondos fiduciarios. Las demoras aumentan la probabilidad de que se impongan evaluaciones personales a los propietarios o funcionarios. Una vez evaluados, sus bienes personales pueden estar sujetos a un embargo. La intervención temprana puede reducir la posibilidad de aumentar la responsabilidad y proteger la exposición individual.
Las operaciones comerciales se vuelven inestables
Si los impuestos sobre la nómina siguen sin pagarse, el IRS puede iniciar una investigación de multa por recuperación de fondos fiduciarios. Las demoras aumentan la probabilidad de que se impongan evaluaciones personales a los propietarios o funcionarios. Una vez evaluados, sus bienes personales pueden ser objeto de reiteradas amenazas de embargo, la congelación de cuentas bancarias y la presentación de embargos públicos pueden desestabilizar las operaciones diarias. Los vendedores pueden exigir condiciones de pago más estrictas, los prestamistas pueden denegar el crédito y los clientes pueden cuestionar la confiabilidad. Cuanto más tiempo continúen los cobros sin una resolución estructurada, mayor será el daño operativo. La acción temprana preserva las opciones. La espera las reduce. La representación profesional proporciona estructura, estrategia y protección antes de que la aplicación de la ley llegue a un punto que sea difícil de revertir.
La intervención temprana puede reducir la posibilidad de una responsabilidad mayor y proteger la exposición individual.
Según IRS.gov, una vez que el impuesto se evalúa adecuadamente y se emite una demanda de pago, el IRS tiene una amplia autoridad para comenzar a recaudar si el saldo sigue sin pagarse. Esta autoridad es administrativa, lo que significa que el IRS no necesita presentar una demanda antes de tomar medidas contra su empresa.
Por lo general, el cobro comienza con una serie de avisos por escrito que informan a su empresa del saldo adeudado. Estos avisos se vuelven cada vez más urgentes y advierten sobre posibles medidas coercitivas. Cada carta tiene un propósito legal y, si se ignora, acerca su caso a la posibilidad de obtener autoridad.
Antes de embargar la propiedad, el IRS debe emitir una notificación final de intención de embargar y una notificación de su derecho a una audiencia. Según los procedimientos del IRS, por lo general tiene 30 días para solicitar una audiencia de debido proceso de cobro. Si no responde dentro de ese período, la autoridad recaudadora pasa a ser activa.
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Un gravamen tributario federal surge automáticamente después de la evaluación y la demanda si la deuda sigue sin pagarse. El IRS puede presentar una notificación de gravamen fiscal federal para hacer pública su reclamación. Esta presentación se aplica a todas las propiedades comerciales actuales y futuras y puede afectar significativamente el crédito y la financiación.
Cuando el IRS emite un embargo a su banco, la institución financiera debe congelar los fondos disponibles y retenerlos durante 21 días antes de enviar el dinero al IRS. Este período de retención puede afectar gravemente la nómina, los pagos a los proveedores y las operaciones diarias.
El IRS también puede emitir gravámenes a sus clientes o clientes. Estos gravámenes exigen que envíen los pagos directamente al gobierno y no a su empresa. Esto no solo reduce el flujo de caja, sino que también puede dañar las relaciones comerciales y dañar su reputación profesional.
En casos más graves o prolongados, el IRS tiene la autoridad de confiscar bienes comerciales tangibles, como vehículos, equipos, inventario e incluso bienes inmuebles. Los bienes incautados pueden venderse para pagar la deuda tributaria. Si bien es menos común, la incautación de activos sigue siendo una herramienta de ejecución legalmente autorizada.
Si se trata de impuestos sobre la nómina impagos, el IRS puede evaluar personalmente a las personas responsables en virtud de las disposiciones de penalización por recuperación de fondos fiduciarios. Una vez evaluados, el IRS puede embargar las cuentas bancarias personales, los salarios y los bienes. Esta aplicación se extiende más allá de la propia entidad comercial.

Necesita este servicio si:
Muchos contribuyentes empeoran su situación al cometer errores evitables:
Comenzamos con una revisión detallada de sus avisos del IRS, las transcripciones de sus cuentas y el estado actual de cumplimiento. En esta fase, determinamos los plazos cruciales, verificamos la existencia de una autoridad recaudatoria y evaluamos la asignación de un oficial de ingresos. Evaluamos el tipo de impuestos involucrados, incluida la exposición a la nómina, y determinamos el nivel de riesgo de responsabilidad personal. Esta evaluación inicial nos permite priorizar las medidas urgentes y diseñar una estrategia adaptada a las realidades financieras y operativas de su empresa.
Preparamos y presentamos de inmediato el formulario 2848 del IRS para establecernos como su representante autorizado. Una vez aceptado, el IRS debe comunicarse directamente con nosotros en lugar de comunicarse con usted o con su personal. Esto reduce inmediatamente la presión y evita conversaciones dañinas. Al controlar la comunicación, nos aseguramos de que toda la información proporcionada al IRS sea precisa, estratégica y esté alineada con sus objetivos de resolución a largo plazo.


Obtenemos las transcripciones completas de las cuentas del IRS para cada período tributario afectado después de establecer la autoridad. Verificamos los saldos evaluados, confirmamos que las notificaciones requeridas se emitieron correctamente y revisamos los cálculos de las multas para verificar que sean precisos. También analizamos la fecha de vencimiento de la ley de cobro para determinar cuánto tiempo tiene el IRS para cobrar. Esta revisión detallada garantiza que las negociaciones se basen en números verificados y no en estimaciones o información desactualizada.
Trabajamos con usted para recopilar estados financieros, registros bancarios, informes de cuentas por cobrar, documentación de gastos y valoraciones de activos. Con esta información, preparamos el formulario 433-B del IRS, la declaración de información de recopilación para empresas. Nuestro objetivo es presentar con precisión la verdadera capacidad de pago de su empresa y, al mismo tiempo, proteger los gastos operativos necesarios. La documentación adecuada es fundamental porque el IRS depende en gran medida de estas divulgaciones para determinar las condiciones de pago o la elegibilidad para llegar a un acuerdo.
Si hay una acción de embargo pendiente o ya está en vigor, actuamos con rapidez para proteger su empresa. Esto puede incluir solicitar la exención de la tasa durante el período de retención bancaria de 21 días, presentar recursos de cobro con las debidas garantías procesales dentro de los plazos establecidos o negociar retenciones temporales mientras se revisa la documentación financiera. La intervención inmediata ayuda a estabilizar el flujo de caja y evita interrupciones adicionales en la nómina, los proveedores y las operaciones diarias.
Una vez finalizado el análisis financiero, determinamos el camino más adecuado a seguir. Dependiendo de la elegibilidad, esto puede implicar negociar un acuerdo de pago a plazos, buscar un plan de pago parcial, presentar una oferta de compromiso, solicitar la condición de no cobrable actualmente o solicitar una reducción de la multa. Explicamos las ventajas y limitaciones de cada opción para que comprenda la estrategia y las expectativas antes de enviar el formulario al IRS.


Nos comunicamos directamente con el oficial de ingresos, el personal de cobro automatizado o el oficial de apelaciones asignado a su caso. Presentamos la documentación de respaldo, respondemos a las consultas de seguimiento y negociamos términos estructurados de acuerdo con las pautas del IRS. Nuestra función es proteger su empresa de exigencias poco realistas y, al mismo tiempo, demostrar su cumplimiento de buena fe. Una vez que llegamos a un acuerdo, documentamos todos los requisitos con claridad y los confirmamos por escrito.
Una vez que obtengamos una resolución, ayudaremos a su empresa a cumplir con las obligaciones actuales de presentación y depósito. Muchos acuerdos del IRS exigen un cumplimiento estricto en el futuro para seguir siendo válidos. Supervisamos los plazos, asesoramos sobre los procedimientos de pago y permanecemos disponibles si las circunstancias cambian. Si surgen dificultades financieras o si el IRS reabre la revisión, respondemos con prontitud para proteger su acuerdo y minimizar el riesgo de cumplimiento futuro.
Pérdida de derechos de apelación: Si ignora la notificación final de intención de embargar, pierde el derecho a solicitar una audiencia de debido proceso de cobro.
Autoridad de ejecución activada: Después de 30 días, el IRS puede proceder con la acción de embargo sin previo aviso.
Cuenta bancaria congelada: El IRS puede emitir un embargo bancario, lo que puede provocar que su institución financiera congele sus fondos durante 21 días.
Presentación de gravámenes: Se puede presentar una notificación de gravamen fiscal federal, lo que perjudica el crédito y la reputación pública.
Impuestos a los clientes: El IRS puede ordenar a los clientes que remitan los pagos al gobierno en lugar de a su empresa.
Escalamiento de los oficiales de ingresos: Un oficial de ingresos puede realizar visitas de campo y solicitar registros.
Investigación del fondo fiduciario: Los casos de impuestos sobre la nómina pueden desencadenar investigaciones de responsabilidad personal.
Impuestos repetidos: Es posible que se emitan múltiples gravámenes, lo que interrumpe gravemente las operaciones.
Ignorar el problema por lo general lo empeora. La acción temprana preserva las opciones.
Los cobros del IRS no se resuelven solos. La agencia tiene la autoridad legal para embargar cuentas, presentar embargos y perseguir la responsabilidad personal sin presentar una demanda. Esperar aumenta el costo y el riesgo.
Tomamos el control de inmediato. Presentamos un poder notarial. Protegemos sus derechos. Negociamos soluciones estructuradas de acuerdo con la ley federal. Llama hoy. Permítanos interponernos entre su empresa y el IRS antes de que la aplicación de la ley se intensifique aún más.
Los resultados dependen de las circunstancias individuales y de las determinaciones del IRS. No se garantiza ningún resultado. La representación está sujeta a las normas y procedimientos del IRS. Se aplica la divulgación de la Circular 230 del IRS.