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Reviewed by: William McLee
Reviewed date:
January 7, 2026

Propósito

El formulario 4868 ofrece una prórroga automática de 6 meses para presentar su declaración de impuestos sobre la renta individual de 2019 (formularios 1040, 1040-SR, 1040-NR, 1040-NR-EZ, 1040-PR, 1040-SS) o la declaración de impuestos del formulario 709 de 2019 sobre donaciones o transferencias generacionales (GST). La prórroga amplía la fecha límite de presentación del 15 de abril de 2020 al 15 de octubre de 2020. El pago de cualquier impuesto estimado adeudado es opcional, pero se recomienda encarecidamente para minimizar los cargos por intereses y evitar multas por pago atrasado que comienzan a acumularse a partir de la fecha límite original del 15 de abril de 2020.

Instrucciones de presentación paso a paso

Paso 1: Verifique su elegibilidad

Confirme que presenta la solicitud para el año calendario 2019 o para un año fiscal que comience en 2019. No presente el formulario 4868 si está bajo una orden judicial que le exige presentar la declaración antes de la fecha de vencimiento normal o si desea que el IRS calcule su impuesto por usted.

Paso 2: Complete su información de identificación

Ingresa tu nombre y dirección exactamente como aparecerán en tu declaración de impuestos de 2019. Si presenta una declaración conjunta, anote los nombres de ambos cónyuges en el mismo orden que usará en su declaración. Proporcione su número de seguro social en la línea 2 y el SSN de su cónyuge en la línea 3 si presenta una declaración conjunta. Los extranjeros no residentes o residentes que no tengan un número de seguro social deben escribir «Se debe solicitar el ITIN» y solicitar un número de identificación fiscal individual mediante el formulario W-7 antes de presentar su declaración.

Paso 3: Calcule su obligación tributaria total

En la línea 4, ingresa tu obligación tributaria total estimada para 2019. Esto corresponde al formulario 1040/1040-SR línea 16, al formulario 1040-NR línea 61, al formulario 1040-NR-EZ línea 17, al formulario 1040-PR línea 6 o al formulario 1040-SS línea 6. Haga que su estimación sea lo más precisa posible utilizando la información disponible. Si el IRS determina que su estimación no fue razonable, es posible que su prórroga quede anulada. Introduzca cero si espera no tener ninguna obligación tributaria.

Paso 4: Calcule el total de sus pagos esperados

En la línea 5, anote los pagos totales que espera declarar en su declaración de 2019, incluida la retención del impuesto federal sobre la renta, los pagos de impuestos estimados y cualquier sobrepago de años anteriores aplicado a 2019. Consulte la línea 19 del formulario 1040/1040-SR (excluyendo la línea 10 del anexo 3), el formulario 1040-NR línea 71 (excluyendo la línea 66), el formulario 1040-NR-EZ línea 21, el formulario 1040-PR línea 11 o el formulario 1040-SS línea 11. No incluya ningún pago que esté realizando con este formulario 4868 en la línea 5.

Paso 5: Determine su saldo adeudado

Resta la línea 5 de la línea 4 e ingresa el resultado en la línea 6. Si la línea 5 supera la línea 4, introduzca cero. Este saldo representa su estimación de impuestos pendientes de pago. La prórroga se aprueba automáticamente, independientemente de si adeuda o no un saldo. Sin embargo, cualquier monto no pagado acumulará intereses a partir del 15 de abril de 2020, hasta que se pague en su totalidad.

Paso 6: Decidir si realizar un pago

Ingresa cualquier monto de pago en la línea 7. Si bien el pago es opcional, pagar al menos el 90% de tu obligación tributaria total antes del 15 de abril de 2020 te ayuda a evitar la multa por pago atrasado si pagas el saldo restante al presentar tu declaración. Elige tu método de pago: pago electrónico (pago directo, EFTPS, tarjeta de débito/crédito) con número de confirmación, cheque o giro postal enviado por correo junto con tu formulario, o no realizar ningún pago en este momento.

Paso 7: Marque la casilla «Fuera del país», si corresponde

Marque la casilla de la línea 8 si está fuera del país el 15 de abril de 2020. Usted reúne los requisitos si es ciudadano o residente de los EE. UU. y su principal lugar de trabajo se encuentra fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico, o si está prestando servicio militar o naval fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico. Los contribuyentes que se encuentran fuera del país reciben una prórroga automática de 2 meses hasta el 15 de junio de 2020. Al marcar esta casilla, se solicitan 4 meses adicionales y se extiende la fecha límite hasta el 15 de octubre de 2020. Los intereses de los impuestos pendientes de pago se seguirán acumulando a partir del 15 de abril de 2020.

Paso 8: Complete la línea 9 para ciertos declarantes no residentes

Si presenta el formulario 1040-NR o 1040-NR-EZ y no recibió un salario sujeto a la retención de impuestos de EE. UU. y su declaración vence el 15 de junio de 2020, marque la casilla de la línea 9. Esto indica que ha modificado su plazo de prórroga como extranjero no residente sin ingresos laborales en los EE. UU.

Paso 9: Elija su método de presentación y envíelo antes de la fecha límite

Presente el formulario 4868 antes del 15 de abril de 2020 para las declaraciones del año calendario 2019. Los contribuyentes deben presentar su declaración antes de la fecha límite original del año fiscal y deben presentar un formulario 4868 en papel. Puede presentar su declaración electrónicamente mediante un archivo electrónico del IRS o un software tributario sin necesidad de enviar una copia impresa por correo, a menos que pague con cheque o giro postal. Si presenta la declaración electrónicamente y paga con cheque o giro postal, envíe su pago por correo con un formulario 4868 impreso como comprobante de pago. Utilice la dirección postal correspondiente que figura en la tabla Dónde presentar la solicitud en función de su estado y de si va a incluir un pago.

Paso 10: Informe su pago de prórroga en su declaración de impuestos

Cuando presente su declaración de 2019, declare cualquier pago realizado con el formulario 4868 en la línea correspondiente: formulario 1040/1040-SR, anexo 3, línea 10, formulario 1040-NR línea 66, formulario 1040-NR-EZ línea 21, formulario 1040-PR línea 11 o formulario 1040-SS, línea 11. No adjunte una copia del formulario 4868 a su declaración. Si usted y su cónyuge presentaron formularios de prórroga por separado, pero luego los presentan de manera conjunta, anote el monto del pago combinado. Si presentó el formulario 4868 de manera conjunta pero luego lo presentó por separado, puede anotar el monto total en una declaración separada o dividirlo entre ustedes de la manera que acuerden.

Recordatorios importantes

Proceso de aprobación de extensiones

Su extensión es automática y no requiere la aprobación del IRS. No recibirá una confirmación por escrito a menos que se rechace su solicitud. Guarde su acuse de recibo de presentación electrónica o el número de confirmación de pago para sus registros.

Cargos por intereses

Los intereses se acumulan sobre cualquier saldo pendiente desde el 15 de abril de 2020 hasta que el impuesto se pague en su totalidad, independientemente de que haya aprobado la prórroga o de si tuvo motivos razonables para atrasarse en el pago. El IRS calcula los intereses diariamente a la tasa federal actual.

Multa por pago atrasado

La multa por pago atrasado es del 0,5% del impuesto no pagado por cada mes o parte del mes en que el impuesto permanezca sin pagar, con una multa máxima del 25%. La multa se aplica a partir del 15 de abril de 2020. Se considera que tiene una causa razonable y puede evitar esta multa si paga al menos el 90% de su obligación tributaria total antes del 15 de abril de 2020, mediante retenciones, pagos estimados o el pago del formulario 4868, y paga el saldo restante cuando presente su declaración.

Multa por presentación tardía

Si presenta su declaración después de la fecha límite extendida sin causa razonable, es posible que deba pagar una multa por presentación tardía del 5% del impuesto no pagado por cada mes o parte del mes en que su declaración esté atrasada, hasta un 25%. Si su declaración se retrasa más de 60 días, la multa mínima es la que sea menor, entre 330 dólares o el 100% del impuesto pendiente de pago.

Consideraciones especiales

Declaraciones de impuestos sobre donaciones y GST

Una prórroga para su declaración de impuestos sobre la renta de 2019 amplía automáticamente el plazo para presentar el formulario 709 (declaración de impuestos sobre donaciones y GST) para 2019. Sin embargo, esta prórroga no amplía el plazo para pagar ningún impuesto sobre donaciones o sobre el GST adeudado. El pago sigue venciendo el 15 de abril de 2020 y la demora en el pago generará intereses y multas. Utilice el formulario 8892 si necesita solicitar una prórroga para presentar el formulario 709 cuando no presente el formulario 4868 para su declaración de impuestos sobre la renta, o para pagar el impuesto sobre donaciones o el GST.

Contribuyentes de fuera del país

Si reúne los requisitos para estar fuera del país, recibirá automáticamente una prórroga de 2 meses hasta el 15 de junio de 2020, sin necesidad de presentar el formulario 4868. Presentar el formulario 4868 con la casilla de la línea 8 marcada otorga 4 meses adicionales hasta el 15 de octubre de 2020. Si espera reunir los requisitos para la exclusión por ingresos del trabajo en el extranjero o la exclusión de vivienda en el extranjero, pero no cumplirá el requisito de residencia de buena fe o el de presencia física antes de la fecha límite de su declaración, considere la posibilidad de presentar el formulario 2350 para solicitar una prórroga más larga.

Archivado electrónico frente a archivado en papel

Si paga electrónicamente e indica que el pago es para una prórroga, no necesita presentar el formulario 4868 por separado. Su prórroga se procesa automáticamente cuando realiza un pago electrónico. Los contribuyentes deben presentar el formulario 4868 en papel para el año fiscal, independientemente del método de pago.

Retención de registros

Guarde copias de su formulario 4868, las confirmaciones de pago y cualquier documentación de respaldo para establecer una causa razonable en caso de que se impongan multas. Estos registros lo protegen durante las auditorías del IRS o las disputas por multas y demuestran que se esfuerza de buena fe por cumplir con sus obligaciones tributarias.

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Esta lista de verificación es solo para fines educativos y no constituye asesoramiento fiscal o legal. Revise siempre las instrucciones oficiales del IRS y consulte a un profesional calificado para obtener orientación.

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