El proceso de apelaciones tributarias de California protege a los contribuyentes que no están de acuerdo con las evaluaciones o multas estatales. Cada año, miles de personas y empresas utilizan este sistema para impugnar las determinaciones tomadas por las agencias tributarias estatales. Ya sea que se enfrente a una responsabilidad imprevista, impugne una sanción o cuestione la exactitud de una auditoría, comprender sus derechos de apelación puede marcar una diferencia significativa.

El estado opera a través de tres agencias principales que manejan diferentes aspectos de los impuestos y las disputas. La Junta de Impuestos de Franquicias administra los impuestos sobre la renta personal y corporativa, mientras que el Departamento de Administración de Impuestos y Tarifas de California supervisa las ventas, el uso y varios impuestos comerciales. La Oficina de Apelaciones Tributarias es un organismo independiente que revisa las decisiones impugnadas de ambas agencias.

El sistema de apelaciones de California difiere sustancialmente de los procedimientos federales administrados por el IRS. En esta guía, aprenderá todo lo que necesita saber para apelar una declaración de impuestos en California, incluidos los plazos importantes, la documentación requerida y las opciones de apelación disponibles.

Agencias estatales que manejan el proceso de apelación fiscal de California

Entender qué agencia se ocupa de su asunto tributario específico es el primer paso para tramitar una apelación exitosa. California divide la administración tributaria y las apelaciones entre tres entidades gubernamentales distintas, cada una con responsabilidades definidas.

Oficina de Apelaciones Tributarias (OTA): el organismo de revisión independiente

La Oficina de Apelaciones Tributarias representa a la agencia estatal independiente de California, que es responsable de proporcionar una revisión imparcial de las disputas tributarias. A diferencia del sistema federal, en el que las apelaciones permanecen dentro de la estructura del IRS, la OTA opera de manera completamente independiente de la Junta Tributaria de Franquicias y del Departamento de Administración de Impuestos y Tarifas de California.

  • Alcance de la jurisdicción: La OTA tramita las apelaciones tanto del FTB como del CDTFA después de que estas agencias completen su revisión inicial y emitan las determinaciones finales.

  • Estructura del panel: La agencia utiliza jueces de derecho administrativo únicos para la mayoría de los casos, pero convoca paneles de tres miembros para asuntos complejos que requieren decisiones.

  • Opciones de audición: Los contribuyentes pueden elegir entre presentaciones escritas únicamente o solicitar audiencias orales para presentar sus argumentos directamente a los jueces.

  • Información de contacto: Puede comunicarse con la oficina al 916-206-4355, enviar un correo electrónico a info@ota.ca.gov o enviar un correo a P.O. Box 989880, West Sacramento, CA 95798-9880.

Junta de Impuestos de Franquicias (FTB) — Autoridad del Impuesto sobre la Renta

El Junta de Impuestos de Franquicias administra todos los programas de impuestos corporativos y de ingresos personales de California en todo el país. Cuando la FTB emite una notificación de propuesta de tasación o toma una decisión con respecto a su responsabilidad, la agencia se encarga de la impugnación inicial y de la revisión administrativa antes de que el caso pueda pasar a la OTA.

  • Funciones principales: El FTB procesa las declaraciones de impuestos, realiza auditorías, emite evaluaciones y gestiona el primer nivel de protesta administrativa para los contribuyentes.

  • Procedimientos de protesta: Los contribuyentes pueden presentar protestas administrativas impugnando las evaluaciones propuestas o solicitar la reducción de las multas a través de los canales de la FTB para resolver disputas.

  • Oportunidades de resolución: La agencia ofrece conversaciones informales con el personal y programas de conciliación antes de que la persona que presenta la disputa necesite apelar formalmente.

Departamento de Administración de Impuestos y Tarifas de California (CDTFA) — Impuestos comerciales y de ventas

El Departamento de Administración de Impuestos y Tarifas de California administra la recaudación de impuestos sobre las ventas y el uso, los impuestos relacionados con las empresas y las tarifas reglamentarias. El CDTFA mantiene su proceso interno de apelaciones a través de la Oficina de Apelaciones, que revisa las disputas antes de que los casos puedan pasar a la OTA.

  • Cobertura fiscal: El CDTFA supervisa el impuesto sobre las ventas, el impuesto sobre el uso, los impuestos especiales, los impuestos especiales y diversas tarifas reglamentarias que deben pagar los propietarios de negocios.

  • Apelaciones iniciales: La agencia exige que los contribuyentes presenten una petición de redeterminación como primer paso del proceso.

  • Función de la Oficina de Apelaciones: Después de la revisión inicial, los contribuyentes pueden solicitar una conferencia con abogados independientes de la oficina para que conversen y expliquen las determinaciones.

Cómo presentar una apelación fiscal en California con el formulario completo

La presentación de una apelación tributaria en California requiere prestar especial atención a los requisitos procesales y los estándares de documentación. El estado ofrece varios métodos de presentación, pero elegir el enfoque correcto e incluir información completa determina si su apelación se tramita sin problemas.

Uso del portal de la Oficina de Apelaciones Tributarias (OTAP)

El portal de la Oficina de Apelaciones Tributarias proporciona un sistema electrónico integral para administrar todos los aspectos de su apelación desde la presentación inicial hasta la decisión final. Esta plataforma basada en la web ofrece ventajas significativas al permitir la comunicación en tiempo real y las actualizaciones de estado instantáneas.

  • Creación de cuenta: Los nuevos usuarios deben registrarse visitando el sitio web, haciendo clic en la opción de registro en la página de inicio de sesión de la OTAP y completando la configuración de la cuenta.

  • Presentación electrónica: El portal le permite presentar su apelación inicial, adjuntar documentación de respaldo y firmar electrónicamente todos los formularios requeridos sin necesidad de imprimirlos.

  • Seguimiento del estado: OTAP muestra actualizaciones en tiempo real sobre el estado de su caso, los próximos plazos, los analistas asignados y las audiencias o conferencias programadas con los representantes.

  • Gestión de documentos: Acceda a toda la correspondencia de la OTA, revise los materiales enviados por la agencia tributaria y cargue pruebas adicionales a medida que se revise su caso.

Métodos de presentación tradicionales

Los contribuyentes que prefieran no usar los sistemas en línea aún pueden presentar apelaciones por correo convencional o fax. Estos métodos siguen siendo totalmente aceptables, aunque requieren un seguimiento más manual.

  • Envíos por correo: Envíe su formulario completo y los documentos de respaldo a la Oficina de Apelaciones Tributarias, P.O. Box 989880, West Sacramento, CA 95798-9880, por correo certificado.

  • Opción de fax: Envíe sus documentos de apelación al 916-492-2089, pero conserve las hojas de confirmación que muestren que la transmisión se realizó correctamente y el recuento completo de páginas enviadas.

  • Importancia del matasellos: La fecha del matasellos es su fecha oficial de presentación para las apelaciones enviadas por correo, así que asegúrese de que la fecha postal sea correcta antes de la fecha límite.

Qué incluir en su apelación

La presentación inmediata de un paquete completo de apelaciones evita demoras y fortalece su posición. La OTA mantiene archivos independientes separados de los de la agencia que emitió su evaluación, por lo que debe proporcionar toda la información relevante.

  • Copia de la notificación o carta: Incluya una copia completa de la notificación o carta que está impugnando. Esto garantiza que la OTA pueda verificar el asunto exacto objeto de la disputa y confirmar la jurisdicción sobre tu apelación.

  • Explicación escrita: Proporcione una declaración concisa que describa por qué no está de acuerdo con la determinación. Explique las razones fácticas y legales que respaldan su posición.

  • Documentación de respaldo: Adjunte todos los documentos relevantes, como contratos, recibos, correspondencia y otras pruebas. Estos materiales ayudan a fundamentar sus afirmaciones y a aclarar las discrepancias.

  • Autoridades legales o referencias: Si corresponde, cita leyes fiscales, reglamentos u precedentes de OTA específicos que respalden tu interpretación. Esto demuestra su comprensión de la ley y refuerza su caso.

  • Información de contacto precisa: Incluya su nombre completo, dirección, número de teléfono y correo electrónico. Esto garantizará una comunicación oportuna por parte de la OTA durante todo el proceso de apelación.

  • Firma: Firme su formulario o carta de apelación. Se aceptan firmas electrónicas para las presentaciones a través del portal de la Oficina de Apelaciones Tributarias (OTAP).

Plazos críticos y derechos de apelación que debe conocer

El incumplimiento de los plazos de apelación representa la razón más común por la que los contribuyentes pierden su derecho a impugnar las evaluaciones. California impone plazos jurisdiccionales estrictos, lo que significa que la OTA carece de la autoridad para conocer los casos presentados incluso con un día de retraso.

Plazos estándar

El proceso de apelaciones comienza contando la fecha impresa en su aviso, no desde el momento en que recibe o abre el correo. Entender cuándo se aplica cada fecha límite ayuda a preservar sus derechos de apelación.

Plazos de apelación y fechas de inicio

A continuación se muestra un resumen de los principales tipos de apelación y sus respectivos plazos de presentación, incluido el momento en que comienza cada período límite.

  1. Notificación de apelación de acción del FTB
    • Fecha límite: 30 días
    • Empieza desde: Fecha que aparece en la notificación de acción
  2. Apelación de la decisión del CDTFA
    • Fecha límite: 30 días
    • Empieza desde: Fecha en que el Departamento de Administración de Impuestos y Tarifas de California (CDTFA) emite su decisión
  3. Reclamación de FTB por denegación de reembolso
    • Fecha límite: 90 días
    • Empieza desde: Fecha de la notificación de denegación de reembolso
  4. Reclamación del CDTFA por denegación de reembolso
    • Fecha límite: 90 días
    • Empieza desde: Fecha de la notificación de denegación de reembolso
  5. Considerada apelación de denegación
    • Fecha límite: 90 días
    • Empieza desde: Seis meses después de presentar la reclamación
  • Controles de fecha de notificación: Su fecha límite comienza en la fecha impresa en el aviso en sí, independientemente de las demoras en el envío o del momento en que lo lea.

  • Carácter jurisdiccional: Estos plazos determinan si la OTA tiene autoridad legal para conocer su caso, por lo que los tribunales no pueden excusar los intentos de presentación tardía.

  • Se requiere presentación por escrito: Para preservar sus derechos de apelación, debe presentar un formulario completo o una solicitud por escrito dentro de la fecha límite.

Situaciones con plazos especiales

Varias circunstancias únicas pueden afectar el momento en que comienzan los plazos o la forma en que se calculan. Conocer estas reglas especiales ayuda a evitar errores.

  • Regla de supuesta denegación: Si la agencia no responde a tu solicitud de reembolso en un plazo de seis meses, puedes considerarla denegada.

  • Extensiones de fin de semana: Cuando la fecha límite cae en sábado, domingo o feriado estatal, se extiende automáticamente al siguiente día hábil.

  • Protección contra matasellos: En el caso de las apelaciones enviadas por correo, la fecha del matasellos determina la puntualidad, pero el correo certificado proporciona una mejor prueba si surgen dudas sobre el pago o la presentación.

Tipos de apelaciones en el proceso del Departamento de Apelaciones de California

California ofrece varios niveles de revisión que permiten a los contribuyentes impugnar las determinaciones a través de foros cada vez más independientes. Comprender cada nivel le ayuda a navegar por el sistema de manera eficiente.

Revisión administrativa: apelación de primer nivel

La revisión administrativa del FTB comienza cuando usted presenta una protesta por escrito dentro de la fecha límite de la notificación de evaluación propuesta. Debe presentar documentación justificativa que explique por qué la evaluación contiene un error, participar en conversaciones informales con el personal del FTB para responder a sus inquietudes y, finalmente, recibir una notificación de acción. El CDTFA sigue un proceso similar, que comienza con una petición de redeterminación.

Conferencia de apelaciones a través de la Oficina de Apelaciones — Nivel intermedio

La conferencia de la Oficina de Apelaciones proporciona un nivel de revisión adicional para los asuntos del CDTFA antes de que los casos pasen a la OTA. Este proceso intermedio ofrece a los contribuyentes otra oportunidad de resolver disputas a través de discusiones informales.

  • Revisores independientes: Los abogados o auditores de la Oficina de Apelaciones que no participaron en la auditoría original llevan a cabo estas conferencias sin inclinarse por las conclusiones anteriores.

  • Formato informal: Las conferencias se desarrollan como discusiones en lugar de audiencias formales, lo que permite un libre intercambio de información en el que la persona puede explicar su desacuerdo.

  • Evidencia adicional: Durante la fase inicial de revisión administrativa, puede presentar nueva documentación, opiniones de expertos o argumentos legales no disponibles.

Audiencia de la junta de la OTA: nivel administrativo final

Las audiencias de la Oficina de Apelaciones Tributarias representan la revisión administrativa final antes de que los casos pasen a los tribunales. La OTA proporciona procedimientos formales a cargo de jueces de derecho administrativo que emiten opiniones por escrito basadas en las pruebas y en la ley aplicable. Los contribuyentes presentan escritos explicando sus posturas, pueden solicitar audiencias orales opcionales y recibir una revisión independiente en la que los jueces determinan su responsabilidad sin hacer referencia a la evaluación original de la agencia.

Opciones de conciliación y conciliación

Las agencias de California ofrecen programas de resolución alternativa que pueden resolver las disputas de manera eficiente y, al mismo tiempo, mantener todos los derechos de apelación si las negociaciones no tienen éxito o si el acuerdo propuesto no satisface sus necesidades.

  • Programas de liquidación de FTB: La junta brinda oportunidades de resolución para casos que involucran disputas legales o de hecho genuinas, lo que redunda en beneficio de los contribuyentes y del estado.

  • Acuerdo administrativo del CDTFA: La agencia ofrece una revisión confidencial, en la que el personal de conciliación evalúa los casos de manera independiente y puede proponer términos para resolver la responsabilidad.

  • Conciliación OTA: La Oficina de Apelaciones Tributarias puede facilitar las conversaciones para llegar a un acuerdo entre las partes en cualquier momento antes de emitir una decisión o reunirse para una audiencia.

En qué se diferencian las apelaciones de California de las del IRS

Los contribuyentes familiarizados con los procedimientos federales a menudo asumen que California sigue procesos similares, pero existen diferencias significativas. La comprensión de estas distinciones evita errores costosos.

Diferencias estructurales y jurisdiccionales

El sistema de apelaciones tributarias de California refleja opciones organizativas fundamentalmente diferentes a las de los procedimientos federales. La diferencia más significativa es la Oficina de Apelaciones Tributarias independiente de California, que opera de manera completamente independiente de las agencias cuyas determinaciones revisa.

Diferencias procesales y auditivas

El proceso de apelaciones funciona bajo diferentes reglas, plazos y formatos en California en comparación con los procedimientos federales. Estas variaciones afectan a la forma en que se preparan los casos y a los plazos aplicables.

  • Estructuras de plazos: California generalmente usa plazos de 30 días para las apelaciones y plazos de 90 días para las solicitudes de reembolso denegadas por las agencias, mientras que los plazos federales varían.

  • Formatos de audiencia: La OTA proporciona a las audiencias formales de los jueces de derecho administrativo opiniones legales por escrito, mientras que las apelaciones del IRS utilizan principalmente conferencias informales con los funcionarios.

  • Sistemas electrónicos: El portal de la Oficina de Apelaciones Tributarias ofrece una administración integral de casos donde puede rastrear la actividad de la cuenta y comunicarse en línea con el personal.

  • Requisitos de pago: California permite que muchas apelaciones se tramiten sin el pago de los montos en disputa, mientras que la ley federal a menudo exige el pago antes de acceder a ciertos foros.

Conclusión clave para los contribuyentes

La experiencia con las apelaciones tributarias federales no se traduce automáticamente en éxito en los procedimientos de California. Cada sistema funciona bajo leyes distintas que deben seguirse con precisión. Revise cuidadosamente los requisitos específicos de California, verifique que todos los plazos se ajusten a las leyes estatales y no dé por sentado que se aplican las prácticas federales. Consultar los recursos de las agencias o solicitar la orientación de representantes calificados evita errores de procedimiento.

Ejemplos reales de apelaciones tributarias en California

El examen de los escenarios de apelación reales demuestra cómo funciona el proceso y qué factores contribuyen al éxito de los resultados. Estos ejemplos ilustran los problemas comunes a los que se enfrentan los contribuyentes.

Estudio de caso 1: Resolución de disputas de residencia

Un contribuyente se mudó de California a Nevada durante el año tributario mientras trabajaba de forma remota para un empleador con sede en California. La Junta de Impuestos de Franquicias emitió una evaluación en la que reclamaba un año completo de residencia en California.

El contribuyente presentó una protesta ante FTB, proporcionando una amplia documentación sobre la medida de Nevada, incluido un contrato de arrendamiento que muestra la nueva dirección, las transferencias de servicios públicos, el registro de votantes y los cambios de licencia. Después de que FTB revisara las pruebas pero confirmara la evaluación, el contribuyente apeló ante la OTA. La oficina examinó todos los documentos y determinó que la evidencia demostraba la residencia en Nevada, reduciendo la evaluación para reflejar únicamente los ingresos provenientes de California.

Estudio de caso 2: Impugnación de la exención del impuesto sobre las ventas

Una organización sin fines de lucro recibió una evaluación del impuesto sobre las ventas del Departamento de California para los artículos vendidos en eventos de recaudación de fondos. La organización consideró que las ventas reunían los requisitos para obtener la exención debido a su condición de organización benéfica.

Cuando la revisión inicial resultó desfavorable, la organización presentó una petición de redeterminación y solicitó una conferencia de apelaciones. En la audiencia de la OTA, la organización presentó pruebas detalladas que demostraban que cada categoría cumplía los criterios legales de exención establecidos en la normativa aplicable, lo que, en última instancia, garantizaba una reparación total.

Estudio de caso 3: Éxito en la reducción de sanciones

El propietario de una pequeña empresa recibió multas importantes por presentar tardíamente las declaraciones de impuestos sobre el empleo durante una emergencia médica familiar grave. El propietario no tenía problemas de cumplimiento previos.

Después de que FTB rechazara una solicitud de reducción de la multa, el propietario apeló ante la OTA, que se preparó con documentación médica exhaustiva y pruebas que demostraban la conexión entre las circunstancias de emergencia y la incapacidad de presentar la solicitud. La OTA determinó que existía una causa razonable, lo que llevó a la reducción de todas las sanciones sin dejar de mantener la obligación tributaria subyacente.

Factores de éxito comunes

El análisis de las apelaciones exitosas revela patrones que contribuyen a obtener resultados favorables en los que los contribuyentes podrían resolver las disputas de manera efectiva.

  • Documentación completa: Los contribuyentes exitosos proporcionan evidencia de respaldo completa, incluidos recibos, contratos y todos los materiales que justifican su posición en contra de la evaluación.

  • Argumentos legales claros: Comprender la ley tributaria aplicable permite a los contribuyentes explicar por qué la determinación de la agencia violó los requisitos o aplicó mal las disposiciones legales.

  • Presentación oportuna: El cumplimiento de todos los plazos preserva los derechos de apelación y demuestra la seriedad de tratar el asunto durante todo el proceso sin demora.

  • Precisión fáctica: La presentación de hechos veraces y verificables aumenta la credibilidad de los revisores, mientras que las inconsistencias socavan los casos y dañan la posición general que se intenta establecer.

Formularios y recursos oficiales para la apelación tributaria de California

California ofrece numerosos formularios y recursos oficiales para ayudar a los contribuyentes a navegar el proceso de apelaciones con éxito. El uso de los formularios oficiales actuales garantiza el cumplimiento de los requisitos.

Formularios y publicaciones de la Oficina de Apelaciones Tributarias

La OTA publica formularios especializados y documentos de orientación diseñados para el proceso de apelaciones. Estos materiales explican los requisitos procesales y proporcionan plantillas para la presentación.

  • Formulario de solicitud de apelación: Este es el formulario principal completado para iniciar apelaciones ante la OTA. Requiere información básica del contribuyente y motivos de desacuerdo.

  • Guía de procedimientos de apelación: Una publicación completa que explica los procedimientos de la OTA desde la presentación hasta la decisión, incluidas las reglas de audiencia y los requisitos breves.

  • Reglas de la OTA: Estas regulaciones oficiales, que rigen todos los procedimientos de la OTA, son legalmente vinculantes y regulan la tramitación de los casos.

Formularios de la junta de impuestos de franquicia

El FTB mantiene numerosos formularios relacionados con protestas, apelaciones y representación que los contribuyentes deben usar al impugnar las determinaciones del impuesto sobre la renta.

  • FTB 1037: El formulario de solicitud de apelación ante la OTA es específico para los asuntos de la FTB y transfiere la jurisdicción a la oficina independiente para su revisión.

  • FTB 985: Una guía completa que explica el proceso de auditoría, protesta y apelación de cada etapa para las disputas del impuesto sobre la renta y las opciones de procedimiento.

  • FTB 3520: El formulario de declaración de poder notarial autoriza a los representantes a comunicarse con FTB y acceder a la información confidencial de la cuenta.

Formularios y publicaciones del Departamento de California

El Departamento de Administración de Impuestos y Tarifas de California publica formularios específicos para las apelaciones de impuestos sobre ventas, uso y negocios que difieren de los procedimientos de impuestos sobre la renta.

  • CDTFA-416: El formulario de petición de redeterminación que inicia el proceso de apelación administrativa para la mayoría de las evaluaciones del CDTFA y sirve como primera presentación.

  • CDTFA-101: El formulario de solicitud de reembolso o crédito se usa cuando ha pagado impuestos en exceso y solicita la devolución del monto del pago en exceso.

  • Publicación 17: Una guía detallada que explica los procedimientos de apelación del CDTFA, incluidos los requisitos de presentación, los cálculos de los plazos y los procesos de audiencia en cada nivel.

Sistemas en línea y servicios de accesibilidad

El portal de la Oficina de Apelaciones Tributarias permite a los contribuyentes presentar, rastrear y administrar apelaciones en línea. Los servicios en línea de MyFTB y CDTFA brindan acceso a las cuentas, presentación de documentos y monitoreo de apelaciones. La asistencia lingüística y de accesibilidad está disponible a pedido.

Preguntas frecuentes

¿Puedo apelar los asuntos tributarios de California ante el IRS?

No, las apelaciones tributarias de California deben presentarse exclusivamente ante las agencias estatales de California mediante el proceso adecuado establecido por la ley estatal. Incluso si existen similitudes entre los impuestos estatales de California y las cuestiones tributarias federales o si las regulaciones se alinean con el código federal, el Servicio de Impuestos Internos no tiene jurisdicción ni autoridad sobre los impuestos estatales de California.

¿Necesito un abogado u otros representantes para presentar una apelación fiscal en California?

La representación de un abogado no es necesaria para los procedimientos de apelación, y muchos contribuyentes pueden representarse a sí mismos con éxito en casos relativamente sencillos. Sin embargo, los casos que son más complicados e implican responsabilidades importantes o cuestiones legales complejas suelen contar con la asistencia profesional de representantes calificados, incluidos abogados, contadores públicos certificados o agentes inscritos con experiencia en procedimientos estatales.

¿Qué sucede si no cumplo con la fecha límite de apelación?

No cumplir con la fecha límite de presentación generalmente significa perder permanentemente sus derechos de apelación, con excepciones limitadas en circunstancias extraordinarias. La única opción que le queda puede ser pagar la totalidad de la cuota impugnada y, a continuación, presentar una solicitud de reembolso dentro del plazo permitido, lo que crea una nueva fecha límite para apelar en caso de denegación.

¿Tengo que pagar la cantidad en disputa mientras mi apelación esté pendiente?

Los requisitos de pago varían según el tipo de apelación y las circunstancias específicas de su caso. En el caso de algunas apelaciones, puedes proceder sin pagar los importes controvertidos, aunque se siguen acumulando intereses sobre cualquier obligación impaga. En determinadas situaciones, puede ser prudente pagar la cantidad controvertida y solicitar un reembolso para detener los intereses.

¿Qué documentos debo incluir en mi apelación para respaldar mi posición?

Incluya toda la documentación de respaldo que respalde su posición y explique por qué la evaluación es incorrecta, incluidos los recibos, los contratos, la correspondencia, los estados de cuenta bancarios, los informes de expertos, las autoridades legales que citan las regulaciones aplicables y cualquier evidencia que contradiga la determinación de la agencia. Incluso si ya proporcionaste material durante la auditoría, vuelve a incluirlo todo, ya que la OTA mantiene archivos independientes.

¿Cómo hago un seguimiento del estado de mi apelación a través de OTAP?

Después de crear una cuenta y presentar la solicitud electrónicamente a través del portal de la Oficina de Apelaciones Tributarias, puede iniciar sesión en cualquier momento para ver las actualizaciones de estado en tiempo real. El portal muestra los analistas asignados, los próximos plazos, las conferencias o audiencias programadas, toda la correspondencia y cartas de la OTA y los documentos presentados por la agencia tributaria. La OTAP le permite cargar materiales o comunicarse con el personal.