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Oferta en compromiso del IRS: cómo reducir tu deuda

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Oferta de Compromiso (OIC) con el IRS

No pagar su obligación tributaria puede derivar en multas crecientes y recaudaciones forzosas. Una oferta de compromiso (OIC, por sus siglas en inglés) es un programa del IRS que permite a los contribuyentes que reúnen los requisitos saldar sus deudas tributarias federales por un monto inferior al total adeudado. Nuestros profesionales con licencia lo guían en cada paso para ayudarle a maximizar sus ahorros y trabajar hacia una resolución de su deuda tributaria.

¿Qué es una oferta de compromiso?

Una oferta de compromiso es un acuerdo formal entre usted y el IRS para liquidar su saldo tributario pendiente por un monto reducido. El IRS evalúa su Potencial de Cobro Razonable (RCP, por sus siglas en inglés) —con base en los ingresos, los gastos y el valor neto de los activos— y en la mayoría de los casos acepta una oferta cuando esta represente lo máximo que la agencia puede recaudar de manera realista. Una oferta aceptada no constituye una resolución definitiva de forma automática; el contribuyente debe mantenerse al corriente con todas sus obligaciones tributarias durante los 5 años posteriores a la aceptación para que los términos sean vinculantes.

Por qué una OIC puede ser adecuada para usted

  • Distintas bases de elegibilidad: Una oferta de compromiso puede proceder si no puede pagar completamente la deuda, si el pago total le causaría dificultades económicas, si existe duda sobre la cobrabilidad, duda sobre la deuda misma, o en ciertos casos por administración tributaria eficaz.
  • Protección frente a cobros forzosos: Durante la evaluación de la oferta, el IRS generalmente suspende los embargos salariales y los embargos bancarios. Sin embargo, los gravámenes fiscales federales no se eliminan de inmediato; el IRS generalmente los libera solo después de que se cumplan por completo los términos de la oferta.
  • Liquidación de la deuda por menos del total: La oferta de compromiso liquida la obligación tributaria cubierta por menos del monto total adeudado, lo que puede incluir multas e intereses acumulados.
  • Recupere el control financiero: Ofrece la posibilidad de resolver la incertidumbre y el estrés generados por las deudas con el IRS, siempre que se cumplan todas las condiciones del acuerdo.

Criterios de elegibilidad para la OIC

  1. Presente todas las declaraciones requeridas: Todas las declaraciones de impuestos federales que legalmente deba presentar deben estar al día. Si tiene un negocio con empleados, también debe haber realizado los depósitos federales requeridos del trimestre actual y de los dos trimestres anteriores, y haber efectuado todos los pagos estimados exigidos.
  2. Sin obligación de mantener acuerdos de pago a plazos vigentes durante la evaluación: El IRS no exige que continúe realizando pagos sobre un acuerdo de pago a plazos existente mientras evalúa su oferta de compromiso.
  3. Divulgación financiera: Debe presentar el Formulario 433-A (OIC) si es persona física, y/o el Formulario 433-B (OIC) si tiene un negocio, para documentar los activos, los ingresos y los gastos de manutención necesarios.
  4. Monto de la oferta: En la mayoría de los casos, el monto ofrecido debe ser al menos igual al RCP calculado por el IRS, y puede pagarse en una suma global o en pagos periódicos. Esta regla no aplica de la misma forma en todos los tipos de oferta.

Nuestro proceso de OIC en 6 pasos

Paso 1: Evaluación del caso sin costo

Auditamos sus transcripciones y avisos del IRS sin cargo alguno para confirmar su elegibilidad para la OIC.

Paso 2: Análisis financiero y estrategia

Calculamos su potencial de cobro razonable e identificamos los gastos de manutención permitidos conforme a las normas del IRS.

Paso 3: Preparación del paquete

Completamos el Formulario 656 (Oferta de Compromiso) y el Formulario 433-A (OIC) para personas físicas y/o el Formulario 433-B (OIC) para negocios, y reunimos la documentación de respaldo que acredite su situación económica.

Paso 4: Presentación y negociación

Enviamos su paquete de OIC, atendemos las consultas del IRS y negociamos los términos en su nombre.

Paso 5: Seguimiento y respuesta a rechazos

Monitoreamos la correspondencia del IRS durante la evaluación de su oferta. Si el IRS rechaza la oferta, tiene derecho a presentar una apelación. El IRS no garantiza una aceptación rápida; sin embargo, si no emite una decisión dentro de los dos años desde la recepción de la oferta, esta puede considerarse aceptada en ciertos casos.

Paso 6: Gestión posterior a la aceptación

Confirmamos el procesamiento del pago conforme a los términos aceptados. Tenga en cuenta que tras la aceptación no desaparecen de inmediato todas las consecuencias de cobro: los gravámenes fiscales federales generalmente se liberan solo cuando se cumplen por completo los términos de la oferta, y el IRS retiene los reembolsos de años presentados hasta la fecha de aceptación. Además, debe mantenerse al corriente con todas sus obligaciones tributarias durante los 5 años posteriores a la aceptación para evitar que el acuerdo quede sin efecto.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es una oferta de compromiso y por qué es importante en casos de dificultades económicas?
¿Cuál es la diferencia entre la duda en cuanto a la cobrabilidad y la duda en cuanto a la responsabilidad en el programa de compromiso?
¿Puedo incluir varios años tributarios en una oferta del IRS?
¿Cuándo entra en vigor la protección de cobro una vez que el IRS acepta una solicitud?
¿Qué información financiera se requiere y cómo evalúa el IRS su oferta?
¿Cuánto dura el proceso y cuándo se emite una carta de aceptación?
¿Necesito ayuda profesional para gestionar un acuerdo de pago a plazos o una oferta de compromiso?