Lista de comprobación para la presentación del formulario 990-PF correspondiente al ejercicio fiscal 2011
Resumen y ámbito de aplicación
El formulario 990-PF es la declaración informativa anual correspondiente al ejercicio fiscal 2011 para fundaciones privadas y fideicomisos benéficos no exentos en virtud del artículo 4947(a)(1). Este ejercicio fiscal no incluye ajustes relacionados con el plan de estímulo, disposiciones sobre responsabilidad compartida de la Ley de Asistencia Asequible, normas de la Ley de Recortes Fiscales y Empleo, ampliaciones de la Ley del Plan de Rescate Estadounidense, exenciones por desempleo ni modificaciones de los créditos fiscales por energía.
Las instrucciones de 2011 aplican las normas del impuesto especial de la sección 4940 con un tipo impositivo del 1 % o del 2 %, dependiendo de si se cumplen los requisitos de la sección 4940(e). Los requisitos de distribución mínima de la sección 4942 y las limitaciones sobre la tenencia excesiva de participaciones empresariales de la sección 4943 se mantienen sin cambios respecto a años anteriores. La parte V (Requisitos de la sección 4940(e)) y la parte XI (Importe distribuible) son fundamentales para el cálculo de impuestos y el cumplimiento de las obligaciones de distribución correspondientes al año natural 2011.
Normas clave específicas para cada formulario
Hay dos normas fundamentales que rigen la presentación del formulario 990-PF de 2011. En primer lugar, el tipo impositivo del 1 % de la sección 4940(e) solo se aplica si la fundación tiene un ratio de distribución medio de cinco años de las distribuciones ajustadas que cumplen los requisitos respecto al valor neto de los activos no destinados a fines benéficos que sea igual o superior al ratio de distribución medio de 2006 a 2010 y no tuvo ninguna obligación tributaria en virtud de la sección 4942 durante ese periodo. De no ser así, se aplicará el tipo estándar del 2 % en la Parte VI. De lo contrario, se aplica el tipo predeterminado del 2 % en la línea 1c de la Parte VI.
En segundo lugar, todas las fundaciones nacionales deben cumplimentar la Parte X (Rendimiento mínimo de la inversión), calcular el rendimiento mínimo de la inversión del cinco por ciento e indicar el importe distribuible en la línea 7 de la Parte XI, antes de consignar las distribuciones que cumplen los requisitos en la línea 4 de la Parte XII y analizar el remanente de ingresos no distribuidos en la Parte XIII. Este requisito no se aplica a las fundaciones privadas operativas contempladas en los apartados (j)(3) o (j)(5) del artículo 4942.
Documentación inicial y situación de la fundación
Reúna los documentos constitutivos de la fundación, incluidos los estatutos sociales, los reglamentos internos o el contrato de fideicomiso. Recopile cualquier carta de resolución del IRS y las cartas de resolución de la Sección 4940(e). Obtenga las actas de la junta directiva correspondientes a 2011 y la documentación relativa a la identidad y la remuneración de los directivos, consejeros y fideicomisarios. Verifique la condición de la fundación en virtud de la Sección 501(c)(3) como fundación privada exenta, de la Sección 4947(a)(1) como fideicomiso benéfico no exento, o de otra condición de fundación privada sujeta a impuestos, revisando la correspondencia previa con el IRS.
El formulario 990-PF solo está disponible para las entidades consideradas fundaciones privadas en virtud del artículo 509(a) o para los fideicomisos benéficos no exentos contemplados en el artículo 4947(a)(1). Las organizaciones benéficas públicas clasificadas en virtud del artículo 509(a)(1), (2) o (3) deben presentar, en su lugar, el formulario 990 o 990-N. Presentar el formulario 990-PF como organización benéfica pública sería un error, incluso si la organización posee activos de inversión.
Método contable y valoración de activos
Seleccione el método contable adecuado (de caja, de devengo u otro) para la Parte I, columna (a). Se aplicará el mismo método contable de forma coherente en toda la Parte I, incluida la columna (d) relativa a los desembolsos con fines benéficos, salvo que en líneas concretas se indiquen instrucciones diferentes. Los activos a su valor de mercado deben declararse en la Parte II, columna (c), y en la Parte X debe utilizarse el valor de mercado medio mensual de los valores y los saldos de caja medios mensuales, de acuerdo con las instrucciones de 2011.
Ingresos, gastos y balance
Rellene la Parte I para registrar todos los ingresos y gastos correspondientes a 2011. Indique las aportaciones en la línea 1 de la Parte I e incluya el Anexo B obligatorio si las aportaciones superan el límite especificado, tal y como se indica. Anote los ingresos por inversiones, incluidos los intereses, los dividendos y las plusvalías, en las líneas 3 a 8. Compare los totales de la columna (a) de la Parte I con los libros y registros para garantizar su exactitud.
Rellene la Parte II (Balances) tanto para el inicio como para el final de 2011. Indique los valores contables en las columnas (a) y (b). En la línea 7 de la Parte VII-A se pregunta si la fundación tuvo al menos 5.000 dólares en activos en algún momento del año. En caso afirmativo, complete la Parte II, columna (c), con los valores de mercado de los activos al cierre del ejercicio. Este umbral de 5.000 dólares determina si es necesario indicar el valor de mercado en la Parte II, columna (c), no si deben completarse otras partes.
Ganancias y pérdidas patrimoniales
La Parte IV exige que se facilite información detallada sobre cada venta de activos realizada durante 2011. Indique la descripción del bien, el método de adquisición (compra o donación), las fechas de adquisición y venta, el precio bruto de venta, la amortización permitida, el coste de adquisición y la ganancia o pérdida. Para los activos que se poseían a 31 de diciembre de 1969, rellene las columnas (i) a (l) para separar las ganancias de capital a largo plazo atribuibles a la revalorización posterior a 1969 de la revalorización anterior a 1970.
Anote la ganancia neta de capital en la Parte I, línea 7, y la ganancia neta a corto plazo en la Parte I, línea 8, columna (c).
Cálculo del impuesto especial
Calcule los ingresos netos por inversiones en la línea 27b de la Parte I, que excluye los ingresos por alquileres y por actividades no relacionadas con la fundación, de conformidad con el artículo 512. Determine si la fundación cumple los requisitos para acogerse al tipo impositivo reducido del artículo 4940(e) rellenando la Parte V utilizando el período de referencia de cinco años comprendido entre 2006 y 2010. Si cumple los requisitos y no se ha producido ninguna obligación tributaria en virtud del artículo 4942 durante el período base, introduzca el uno por ciento de la línea 27b en la línea 1b de la Parte VI. De lo contrario, introduzca el 2 % en la línea 1c.
Incluya el impuesto previsto en el artículo 511, si procede, para los fideicomisos contemplados en el artículo 4947(a)(1) o las fundaciones sujetas a impuestos en la línea 2. Indique el impuesto sobre la renta en la línea 4. Reste la línea 4 de la línea 3 para obtener el impuesto neto basado en los ingresos por inversiones en la línea 5.
Rendimiento mínimo de la inversión
Calcule el valor de mercado de los activos no destinados a fines benéficos en la Parte X sumando el valor de mercado medio mensual de los valores de la línea 1a, el saldo medio mensual de efectivo de la línea 1b y el valor de mercado de otros activos no destinados a fines benéficos de la línea 1c. Reste la deuda de adquisición de la línea 2 y deduzca el 1,5 % del importe neto como efectivo considerado destinado a actividades benéficas en la línea 4.
Anote el valor neto resultante de los activos no destinados a fines benéficos en la línea 5 y multiplíquelo por el cinco por ciento para obtener el rendimiento mínimo de la inversión en la línea 6. Esta cifra se anota en la Parte XI, línea 1.
Importe distribuible y distribuciones que cumplen los requisitos
En la parte XI, línea 1, introduzca el rendimiento mínimo de la inversión que figura en la parte X, línea 6. Reste el impuesto especial previsto en el artículo 4940 de la parte VI, línea 5, y cualquier otro impuesto sobre la renta correspondiente a 2011 que figure en la línea 2c para obtener el importe distribuible antes de ajustes que figura en la línea 3. Este importe representa la cantidad mínima que la fundación debe distribuir con fines benéficos.
En la Parte XII, declare las distribuciones que cumplen los requisitos, incluidos los gastos benéficos, las inversiones relacionadas con programas y los importes reservados en virtud del artículo 4942(h). Calcule las distribuciones ajustadas que cumplen los requisitos en la línea 6 para futuros cálculos del artículo 4940(e). Las distribuciones que cumplen los requisitos deben igualar o superar el importe distribuible para evitar las sanciones fiscales previstas en el artículo 4942.
Análisis de los ingresos no distribuidos
En la Parte XIII se analiza el importe distribuible de 2011 y cualquier remanente de ingresos no distribuidos de ejercicios anteriores. Identifique las distribuciones en exceso correspondientes a los ejercicios 2006 a 2010 que puedan aplicarse para reducir el importe distribuible de 2011.
Indique en la línea 6f los ingresos finales no distribuidos correspondientes a 2011, que deberán distribuirse antes de que finalice 2012. El incumplimiento de la obligación de distribuir las cantidades requeridas somete a la fundación al pago de impuestos especiales en virtud del artículo 4942(a).
Declaraciones de actividad y cumplimiento
Responda a todas las preguntas de la Parte VII-A relativas a la actividad política (líneas 1a a 1c), nuevas actividades y cambios en la gobernanza (líneas 2 a 3), declaración de ingresos por actividades no relacionadas (líneas 4a a 4b), liquidación o reducción sustancial (línea 5), cumplimiento de la Sección 508(e) (línea 6), umbral de activos (línea 7), cumplimiento de la obligación de informar al estado (línea 8b), condición de fundación operativa privada (línea 9), contribuyentes importantes (línea 10), entidades controladas (línea 11), distribuciones de fondos asesorados por donantes (línea 12), cumplimiento de la inspección pública (línea 13) y cuentas financieras en el extranjero (línea 16).
En la Parte VII-B, indique cualquier operación con personas no autorizadas (línea 1a), participaciones empresariales excesivas (línea 3), inversiones en riesgo (línea 4) y gastos sujetos a impuestos (línea 5) que puedan dar lugar a la obligación de presentar el formulario 4720 relativo al impuesto especial. Adjunte el formulario 4720 si se da alguna respuesta afirmativa, salvo que se aplique una excepción prevista en la normativa o en las directrices sobre ayudas por catástrofes.
Remuneración e información relacionada
Rellene la Parte VIII con información detallada sobre las remuneraciones. Indique en la línea 1 todos los directivos, consejeros, administradores y gestores de la fundación, indicando su nombre, dirección, cargo, promedio de horas semanales, remuneración (incluida la remuneración diferida), aportaciones a planes de prestaciones para empleados y dietas.
En la línea 2, indique los cinco empleados mejor remunerados, aparte de los mencionados en la línea 1, que hayan percibido una remuneración de 50 000 dólares o más durante el año. Incluya el nombre, la dirección, el cargo, el promedio de horas trabajadas y los detalles completos de la remuneración. Indique el número total de demás empleados que hayan percibido una remuneración de 50 000 dólares o más.
En la línea 3, indique los cinco contratistas independientes mejor remunerados por servicios profesionales que hayan percibido una remuneración de 50 000 dólares o más durante el año. Indique el nombre, la dirección, el tipo de servicio y el importe de la remuneración. Indique el número total de personas que hayan percibido una remuneración de 50 000 dólares o más por servicios profesionales.
Anexos y partes adicionales
Adjunte los anexos correspondientes a la Parte I para las aportaciones, el beneficio bruto y otros ingresos. Resuma las principales actividades benéficas directas en la Parte IX-A y las inversiones relacionadas con programas en la Parte IX-B.
Rellene la Parte XV cuando la fundación haya concedido subvenciones o realizado aportaciones, o tenga que informar de otras actividades específicas. Este requisito es independiente del umbral de activos de 5.000 dólares indicado en la línea 7 de la Parte VII-A. La Parte XV exige información sobre los gestores que superen los umbrales de aportación, los procedimientos de solicitud de subvenciones y una relación detallada de las subvenciones y aportaciones en la línea 3.
Rellene la Parte XVI-A (actividades generadoras de ingresos) y la Parte XVI-B (relación con fines exentos) si la fundación obtiene ingresos por actividades comerciales relacionadas o no relacionadas. Rellene la Parte XVII si la fundación ha realizado transferencias o ha llevado a cabo transacciones con organizaciones exentas no benéficas contempladas en los apartados 501(c)(4) a (19) o con organizaciones políticas contempladas en el artículo 527.
Requisitos de firma y presentación
El formulario debe estar firmado y fechado por un directivo o un administrador, bajo pena de perjurio, en la sección de firmas. Adjunte una declaración de certificación de un contable, si procede. Incluya todos los anexos a los que se hace referencia en las partes I a XVII, así como todos los documentos justificativos exigidos en las partidas específicas.
Los anexos obligatorios incluyen las aportaciones, donaciones y subvenciones para la Parte I, línea 1; las cuentas por cobrar de personas no autorizadas para la Parte II, línea 6; las plusvalías con detalles sobre la depreciación y la base imponible para la Parte IV; los importes reservados en virtud de la prueba de distribución de efectivo del artículo 4942(h) para la Parte XII, línea 3b; y los detalles sobre subvenciones y aportaciones para la Parte XV, línea 3. Asegúrese de que las cifras del valor de mercado en la Parte II, columna (c), y en la Parte X sean coherentes y estén respaldadas por tasaciones cualificadas cuando sea necesario.
El plazo de presentación del formulario 990-PF correspondiente a 2011 vence el día 15 del quinto mes siguiente al final del ejercicio fiscal. Para el año natural 2011, la declaración debe presentarse antes del 15 de mayo de 2012. Se puede obtener una prórroga automática de seis meses si se presenta el formulario 8868 antes de la fecha límite original. Para 2011, el IRS había completado la transición de
al proceso de prórroga automática mediante un único formulario, utilizando el formulario 8868.
Consulte la página «Dónde presentar» del IRS correspondiente al formulario 990-PF de 2011 para determinar la dirección postal correcta en función de la ubicación de la fundación. Los servicios de mensajería privados designados por el IRS también cumplen los requisitos de presentación dentro del plazo establecido cuando se utilizan de acuerdo con las directrices del IRS.
Proceso de presentación en diez pasos
Paso 1.
Recopile la documentación inicial, incluidos los documentos constitutivos, las cartas de resolución del IRS, las cartas de resolución en virtud del artículo 4940(e), las actas del consejo de administración y la información sobre los directivos y los fideicomisarios. Verifique la condición de la fundación como fundación privada exenta, fideicomiso benéfico no exento en virtud del artículo 4947(a)(1) u otra fundación privada sujeta a impuestos.
Paso 2.
Determine el método contable para la Parte I y aplíquelo de manera coherente en toda la declaración, incluida la columna (d). Identifique los requisitos relativos al valor razonable de mercado para la Parte II, columna (c), basándose en la respuesta de la línea 7 de la Parte VII-A. Prepárese para utilizar los valores razonables de mercado mensuales medios en los cálculos de la Parte X.
Paso 3.
Rellene las partes I y II con toda la información relativa a ingresos, gastos y balance. Anote las aportaciones en la parte I, línea 1, junto con el anexo B si es necesario. Indique los ingresos por inversiones en las líneas 3 a 8. Compare los totales de la columna (a) con los libros y registros contables. Rellene los balances con los valores contables y los valores de mercado si se alcanza el umbral de activos de 5.000 dólares.
Paso 4.
Rellene la Parte IV con todas las ganancias y pérdidas patrimoniales registradas durante 2011. Indique la descripción del bien, el método de adquisición, las fechas, el precio de venta bruto, la amortización, el valor de adquisición y la ganancia o pérdida. En el caso de los activos que se poseían a 31 de diciembre de 1969, rellene las columnas (i) a (l) para diferenciar la revalorización posterior a 1969 de la revalorización anterior a 1970.
Paso 5.
Calcule el impuesto especial sobre los rendimientos de inversiones en la Parte VI. Calcule los rendimientos netos de inversiones en la línea 27b de la Parte I. Determine si cumple los requisitos del artículo 4940(e) rellenando la Parte V utilizando el período de referencia comprendido entre 2006 y 2010. Indique el 1 % en la línea 1b si cumple los requisitos, o el 2 % en la línea 1c si no los cumple. Incluya el impuesto del artículo 511 y el impuesto sobre la renta, según corresponda.
Paso 6.
Rellene la Parte X para calcular el rendimiento mínimo de la inversión de las fundaciones nacionales. Sume el valor de mercado medio mensual de los valores, los saldos medios mensuales de efectivo y el valor de mercado de otros activos no destinados a fines benéficos. Reste la deuda de adquisición y el 1,5 % del efectivo que se considera destinado a actividades benéficas. Multiplique el valor neto por el 5 % para obtener el rendimiento mínimo de la inversión en la línea 6.
Paso 7.
Rellene las partes XI a XIII para el análisis del importe distribuible y de los ingresos no distribuidos. Introduzca el rendimiento mínimo de la inversión de la parte X, línea 6, en la parte XI, línea 1. Reste el impuesto especial de la sección 4940 y otros impuestos sobre la renta para obtener el importe distribuible. Declare las distribuciones que cumplan los requisitos en la parte XII, incluyendo los gastos benéficos, las inversiones relacionadas con programas y las reservas. Analice el remanente de ingresos no distribuidos en la Parte XIII, identificando las distribuciones en exceso de 2006 a 2010 y calculando los ingresos no distribuidos de 2011 que deben distribuirse antes de que finalice 2012.
Paso 8.
Rellene las partes VII-A y VII-B con todas las declaraciones de actividad y cumplimiento. Responda a las preguntas relativas a actividades políticas, nuevas actividades, cambios en la gobernanza, ingresos por actividades no relacionadas, liquidación, cumplimiento de la sección 508(e), umbrales de activos, presentación de informes estatales, condición de fundación operativa privada, contribuyentes importantes, entidades controladas, fondos asesorados por donantes, inspección pública y cuentas en el extranjero. Identifique las transacciones con personas inhabilitadas, las participaciones empresariales excesivas, las inversiones en riesgo y los gastos sujetos a impuestos. Adjunte el formulario 4720 si es necesario.
Paso 9.
Prepare los anexos justificativos y complete las partes VIII a XVII. Enumere en la parte VIII a todos los directivos, consejeros, administradores y gestores de la fundación, indicando los detalles de su remuneración. Indique los cinco empleados mejor remunerados que perciban 50 000 dólares o más y los cinco contratistas independientes mejor remunerados que perciban 50 000 dólares o más. Resuma las actividades benéficas en la Parte IX-A y las inversiones relacionadas con los programas en la Parte IX-B. Complete la Parte XV para las subvenciones y contribuciones realizadas durante el año. Complete las Partes XVI y XVII si procede.
Paso 10.
Firme, feche y presente la declaración junto con todos los anexos requeridos. Haga que un directivo o fideicomisario firme bajo pena de perjurio. Incluya una certificación de un contable, si procede. Adjunte todos los anexos relativos a aportaciones, ganancias de capital, reservas, subvenciones y otros elementos requeridos. Verifique la coherencia del valor de mercado entre la Parte II y la Parte X. Presente la declaración antes del día 15 del quinto mes tras el cierre del ejercicio, o solicite una prórroga automática de seis meses mediante el Formulario 8868.
Esta lista de verificación garantiza que el formulario 990-PF correspondiente al ejercicio fiscal 2011 se cumplimente correctamente, se cumplan los requisitos de presentación y se calculen adecuadamente los impuestos especiales, las distribuciones mínimas y los remanentes de ingresos no distribuidos.
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Esta lista de verificación tiene fines meramente informativos y no constituye asesoramiento fiscal ni jurídico. Revisa siempre las instrucciones oficiales del IRS y consulta a un profesional cualificado para obtener orientación.

