
Para qué sirve el formulario 1099-OID
El formulario 1099-OID (descuento por emisión original) es un formulario tributario emitido para declarar un tipo especial de ingresos por intereses que se acumulan al comprar ciertos bonos, pagarés o certificados de depósito (CD) a un precio inferior a su valor nominal. Esta diferencia de precio se denomina «descuento por emisión original» o OID.
Piense en el OID como los intereses que gana gradualmente con el tiempo, aunque no recibirá el dinero hasta que venza el bono. Por ejemplo, si compras un bono sin cupón por 800$ y pagas 1000$ al vencimiento en cinco años, esa diferencia de 200$ es OID. El IRS exige que declares una parte de este descuento como ingreso imponible cada año que seas propietario del instrumento, aunque aún no hayas recibido el efectivo.
Las instituciones financieras, los corredores y los emisores de bonos envían el formulario 1099-OID a los inversores que ganan 10 dólares o más en OID durante el año calendario. Recibirás este formulario si eres propietario de bonos, obligaciones, pagarés u otros instrumentos de deuda con plazos superiores a un año que se hayan emitido con descuento. Algunos ejemplos comunes son los bonos sin cupón, los bonos y cupones despojados, ciertos bonos corporativos y los certificados de depósito a largo plazo emitidos con descuento.
El formulario muestra la cantidad de OID que debe declarar como ingreso por intereses en su declaración de impuestos, junto con cualquier pago de intereses que califique y las multas por retiro anticipado que puedan afectar sus ingresos imponibles. Fuente
Cuándo utilizaría el formulario 1099-OID (presentaciones tardías o modificadas)
Para los destinatarios
Por lo general, no «usa» el formulario 1099-OID para presentarlo usted mismo; lo recibe de su corredor o institución financiera antes del 31 de enero (o el 15 de febrero si forma parte de un estado de cuenta consolidado) y usa la información para completar su declaración de impuestos. Si descubre un error u omisión después de presentar su declaración de impuestos, tendrá que presentar una declaración enmendada utilizando el formulario 1040-X.
Para emisores y nominados
Si es una institución financiera, un corredor o un candidato que tiene obligaciones de OID para otras personas, debe presentar el formulario 1099-OID ante el IRS antes del 28 de febrero (o el 31 de marzo si lo presenta electrónicamente). Si no cumple con esta fecha límite o descubre errores, debe presentar los formularios corregidos lo antes posible para evitar multas.
Los formularios 1099-OID tardíos o corregidos se pueden presentar a través del sistema electrónico de presentación electrónica (FIRE) del IRS o en papel. Marque los formularios corregidos de manera apropiada en la casilla designada. Si es un emisor que no presentó el formulario 8281 (declaración informativa sobre instrumentos de descuento por emisión original ofrecidos al público) en un plazo de 30 días a partir de su emisión, debe presentarlo inmediatamente, aunque sea tarde; el IRS utiliza esta información para actualizar la publicación 1212, que ayuda a los corredores e inversores a calcular el OID correctamente. Fuente
Reglas o detalles clave para 2025
- Umbral de notificación: Los emisores deben presentar el formulario 1099-OID si el OID total incluido en los ingresos brutos es de al menos 10 dólares, si se retuvo algún impuesto extranjero o si se retuvo el impuesto federal sobre la renta según las reglas de retención adicionales (incluso si el OID es inferior a 10 dólares).
- Mandato de presentación electrónica: Si tiene 10 o más declaraciones informativas que presentar, es posible que deba presentarlas electrónicamente. El IRS recomienda encarecidamente la presentación electrónica para mayor eficiencia y precisión.
- Se requieren formularios escaneables: No imprima la copia A del sitio web del IRS ni la envíe por correo; esta versión no se puede escanear y generará multas. Solicite los formularios oficiales escaneables en IRS.gov/EmployerForms o preséntelos electrónicamente.
- Informes de nominados: Si recibe el formulario 1099-OID que muestra los montos que pertenecen a otra persona, se le considera un destinatario nominado y debe completar un formulario 1099-OID para cada propietario real, en el que se muestren sus montos asignables. Sin embargo, los cónyuges no están obligados a presentar declaraciones nominativas el uno por el otro.
- Retención complementaria: Si un destinatario no proporciona su número de identificación fiscal (TIN) o proporciona un TIN incorrecto, debes hacer una retención adicional en los pagos. En 2025, la retención adicional se aplica a los importes de las casillas 1, 2 y 8, y se limita a los pagos en efectivo, una vez que se reduce mediante la penalización por retiro anticipado en la casilla 3.
- Valores cubiertos: En el caso de los valores garantizados adquiridos con prima de adquisición o descuento de mercado, se aplican requisitos de información adicionales en las casillas 5 y 6. El reglamento especifica cómo calcular estos ajustes utilizando el método de rendimiento constante.
- ID exento de impuestos: El OID exento de impuestos de los bonos municipales y algunas otras obligaciones se indica en la casilla 11, no en la casilla 1, aunque aún puede tener consecuencias fiscales a efectos de impuestos mínimos alternativos. Fuente
Paso a paso (nivel alto)
Para destinatarios (contribuyentes individuales)
Paso 1: Reciba su formulario 1099-OID
Reciba su formulario 1099-OID antes del 31 de enero (o el 15 de febrero para los estados consolidados) de su corredor, banco o emisor de bonos.
Paso 2: Revisa la información
Comprueba que tu nombre, dirección y TIN sean correctos. El recuadro 1 muestra el OID imponible, el recuadro 2 muestra otros intereses periódicos, el recuadro 3 muestra las multas por retiro anticipado y el recuadro 8 muestra el OID sobre las obligaciones del Tesoro de los Estados Unidos.
Paso 3: Reportar el OID en el Anexo B
Si tiene más de 1500$ en intereses y dividendos totales, anote el nombre del pagador y el monto de la casilla 1 (y la casilla 8, si corresponde) del Anexo B (formulario 1040), parte I. El total fluye al formulario 1040.
Paso 4: Ajustar si es necesario
Si compró el bono con una prima o con una prima de adquisición, o si lo compró a mediados de año, es posible que deba volver a calcular su OID mediante la Publicación 1212 o consultar a un profesional de impuestos. Indique los ajustes en el Anexo B.
Paso 5: Deducir las multas por retiro anticipado
Si la casilla 3 muestra una penalización por retiro anticipado, dedúzcala en la línea 18 del Anexo 1 (formulario 1040).
Para emisores y nominados
Paso 1: Determinar la obligación de presentación
Identifique todos los instrumentos de deuda de OID que tenga como candidato y determine si el OID es de 10 dólares o más por destinatario.
Paso 2: Calcular los montos de OID
Utilice las tablas OID de la Publicación 1212 o las normas del impuesto sobre la renta para calcular el OID correcto para cada propietario en función de los períodos de retención reales.
Paso 3: Complete los formularios 1099-OID
Complete toda la información requerida, incluida la información del pagador, la información del destinatario, el TIN, los números de cuenta y los montos en las casillas correspondientes.
Paso 4: Proporcionar copias y archivar
Entregue la copia B a los destinatarios antes del 31 de enero (o el 15 de febrero para los estados consolidados).
Paso 5: Presente su solicitud ante el IRS
Presente la copia A ante el IRS junto con el formulario 1096 antes del 28 de febrero (31 de marzo si presenta la solicitud electrónicamente). Utilice únicamente formularios escaneables o preséntenlos electrónicamente. Fuente
Errores comunes y cómo evitarlos
- Error #1: Presentar formularios no escaneables
Solución: Solicite formularios oficiales escaneables en IRS.gov/EmployerForms o preséntelos electrónicamente a través del sistema FIRE. - Error #2: No reportar un OID que no ha recibido
Solución: Incluya siempre los montos de las casillas 1 y 8 del formulario 1099-OID en su declaración de impuestos, aunque no recibirá el efectivo hasta el vencimiento. - Error #3: Cálculos incorrectos del OID para participaciones de un año parcial
Solución: Vuelva a calcular el OID mediante las tablas de OID diarias de la Publicación 1212 en función de los días reales retenidos. - Error #4: Ignorar la prima de adquisición o la prima de bonos
Solución: Reduzca el OID declarable mediante la amortización de la prima de adquisición; marque la casilla 6 y la Publicación 550. - Error #5: El candidato innecesario regresa entre cónyuges
Solución: Los cónyuges están exentos de presentarse como candidatos el uno por el otro. - Error #6: No cumplir con el umbral de presentación electrónica
Solución: Si tiene 10 o más formularios 1099 de cualquier tipo, verifique si la presentación electrónica es obligatoria en IRS.gov/InforEturn. - Error #7: Confundir el OID exento de impuestos y el sujeto a impuestos
Solución: Indique por separado el OID exento de impuestos (casilla 11) y verifique las implicaciones del AMT de los bonos de actividad privada (casilla 9). Fuente
Qué sucede después de presentar la solicitud
Para los destinatarios
Después de presentar su declaración de impuestos con los montos del OID incluidos como ingresos por intereses, el IRS los compara con los formularios 1099-OID presentados por los emisores. Si hay alguna discrepancia (no declaraste el OID declarado al IRS), es posible que recibas una notificación CP2000 en la que se proponen impuestos, multas e intereses adicionales. Responda de inmediato con la documentación si cree que la notificación es incorrecta.
El OID que declaras aumenta la base impositiva del bono, lo cual es importante cuando finalmente lo vendas o canjees. Esto evita la doble tributación: pagas impuestos sobre el OID a medida que se vaya acumulando cada año, por lo que no tendrás que volver a pagar impuestos sobre esa misma cantidad cuando recibas el pago por vencimiento. Mantén un buen registro de las inclusiones anuales del OID para calcular correctamente la base ajustada.
Para emisores y nominados
Después de la presentación, el IRS procesa sus formularios 1099-OID y los compara con las declaraciones de los contribuyentes. Si cometió errores, el IRS puede imponerle multas que oscilan entre 60 y 330 dólares por formulario (a partir de 2025), dependiendo de qué tan tarde se haga la corrección, y multas más altas en caso de incumplimiento intencional. Las correcciones oportunas pueden reducir o eliminar las multas.
Debe conservar copias de todos los formularios 1099-OID y la documentación de respaldo durante al menos cuatro años. El IRS puede auditar la presentación de su declaración informativa para verificar el cumplimiento de los requisitos de presentación de informes. Los errores sistemáticos que afectan a varios destinatarios pueden resultar en la imposición de multas importantes.
Si descubre errores después de la presentación, envíe inmediatamente los Formularios 1099-OID corregidos. Marque la casilla «CORREGIDO» y asegúrese de que toda la información coincida con la declaración original, excepto los campos corregidos. Fuente
Preguntas frecuentes
Pregunta 1: ¿Tengo que pagar impuestos sobre el OID aunque no haya recibido dinero?
Sí. El OID se considera un «ingreso fantasma»; debes declararlo anualmente a medida que se vaya acumulando, aunque no recibirás el efectivo hasta que venza la fianza o la vendas. Sin embargo, estás aumentando tu base imponible con el bono, por lo que no volverás a pagar impuestos sobre ese mismo OID cuando finalmente recibas el pago por vencimiento.
Pregunta 2: ¿Cuál es la diferencia entre el formulario 1099-INT y el formulario 1099-OID?
El formulario 1099-INT informa sobre los intereses que se le pagan regularmente (como los pagos de cupones de bonos tradicionales). El formulario 1099-OID indica el descuento de emisión original, es decir, la diferencia entre el precio de compra descontado de un bono y su valor nominal al vencimiento. Algunos bonos pueden generar ambas formas, mientras que los bonos con cupón cero generalmente solo generan el formulario 1099-OID.
Q3: Compré un bono a mediados de año. ¿Es correcto el monto del OID que figura en mi formulario 1099-OID?
Quizá no. Los corredores suelen declarar el OID durante todo el año calendario sin tener en cuenta su período de retención real. Es posible que tengas que volver a calcularlo en función del número de días que realmente mantuviste la fianza utilizando la Publicación 1212. Si compraste a otro inversor (no en el momento de la emisión original), es posible que también tengas que ajustarlo para tener en cuenta la prima de adquisición o el descuento de mercado.
Pregunta 4: ¿Qué pasa si nunca recibí el formulario 1099-OID?
Aún tienes que reportar el OID. Comunícate con tu corredor o con el emisor del bono para solicitar una copia. Si no está disponible, calcule el OID usted mismo utilizando las tablas de la publicación 1212 o consulte a un profesional de impuestos. No declarar el OID por no haber recibido el formulario no es una excusa válida ante el IRS.
Pregunta 5: ¿Los bonos de ahorro de EE. UU. se declaran en el formulario 1099-OID?
No. Los bonos de ahorro estadounidenses (serie EE, serie I) se declaran en el formulario 1099-INT cuando se canjean, no en el formulario 1099-OID, aunque se emitan con descuento o devenguen intereses. Puede optar por declarar los intereses anualmente o aplazarlos hasta que se canjeen.
Pregunta 6: ¿Qué es la «prima de adquisición» en la casilla 6 y qué hago con ella?
La prima de adquisición se produce cuando se compra un bono por encima de su precio de emisión original pero por debajo de su valor nominal (entre el precio de emisión más el OID acumulado y el valor de vencimiento). El importe de la casilla 6 reduce tu OID declarable; ya está compensado con el importe de la casilla 1, a menos que hayas comprado el bono con una prima, en cuyo caso es posible que no tengas ningún OID sobre el que informar. Consulte la Publicación 550 para obtener más información.
Pregunta 7: Soy un candidato, ¿cuáles son mis responsabilidades?
Si tiene obligaciones de OID a su nombre para otra persona (por ejemplo, a nombre de calle de un cliente), debe presentar los formularios 1099-OID para los propietarios reales en los que figuren los montos de OID asignables. También debes presentar el formulario 1096 como declarante. Esto no se aplica entre cónyuges. Los nominados deben entregar copias a los destinatarios antes del 31 de enero y presentarlas ante el IRS antes del 28 de febrero (el 31 de marzo si presentan la solicitud electrónicamente).
Para obtener más información
- Formulario 1099-OID del IRS: IRS.gov/form1099oid
- Publicación 1212 (tablas OID): IRS.gov/pub1212
- Publicación 550 (Ingresos de inversiones): IRS.gov/pub550
- Instrucciones para los formularios 1099-INT y 1099-OID: IRS.gov/instructions/i1099int
Esta guía es solo para fines informativos y no constituye asesoramiento fiscal. Consulte a un profesional de impuestos calificado para obtener orientación específica para su situación.

