Cuando el Servicio de Impuestos Internos (IRS) inicia acciones de cobro por impuestos impagos, primero debe proporcionar una notificación formal y una oportunidad para que el contribuyente responda. Aquí es donde Debido proceso de cobro (CDP) los derechos se vuelven críticos. Una audiencia del CDP le permite impugnar las medidas de ejecución propuestas por el IRS, como presentar un gravamen tributario federal o emitir un embargo, antes de que se lleven a cabo. Actuar con prontitud puede proteger sus activos y preservar los derechos legales fundamentales.

La Oficina de Apelaciones Independiente del IRS lleva a cabo una audiencia del CDP, lo que garantiza que su caso reciba una revisión imparcial por parte de un oficial de apelaciones sin participación previa. Durante la audiencia, puede proponer varias alternativas de cobro, como un plan de pago, una oferta de compromiso o una reparación para cónyuges inocentes. También puede impugnar una obligación tributaria subyacente o impugnar el alcance de las acciones de cobro del IRS. Si no está de acuerdo con la determinación, se reserva el derecho de solicitar una revisión judicial ante el Tribunal Tributario de los Estados Unidos o el Tribunal de Distrito correspondiente.

Estos derechos se basan en los artículos 6320 y 6330 del Código de Rentas Internas (IRC), que rigen los gravámenes y gravámenes tributarios federales. Una solicitud oportuna del CDP puede detener los esfuerzos de recaudación del IRS, brindar la oportunidad de negociar y garantizar que todas las acciones cumplan con la ley aplicable. Al comprender y ejercer sus derechos de CDP, obtiene una salvaguardia crucial contra la aplicación agresiva de la ley y se asegura de que las acciones del IRS sean revisadas para garantizar su precisión, imparcialidad y documentación adecuada.

¿Qué es una audiencia del CDP?

Una audiencia sobre el debido proceso de cobro (CDP) protege formalmente sus derechos como contribuyente en virtud de los artículos 6320 y 6330 del Código de Impuestos Internos (IRC). Esta audiencia se inicia cuando el IRS emite un aviso de gravamen tributario federal o un aviso de intención de recaudar. Durante la audiencia, puede presentar alternativas de cobro, como celebrar un acuerdo de pago a plazos, solicitar la reparación de un cónyuge inocente o presentar defensas conyugales válidas.

La Oficina de Apelaciones Independiente del IRS lleva a cabo la audiencia del CDP, asegurándose de que un oficial imparcial sin participación previa revise su caso. Este proceso también preserva su derecho a una revisión judicial en el Tribunal Tributario de los Estados Unidos o en el Tribunal de Distrito correspondiente si no está de acuerdo con la notificación final de determinación. Mediante este proceso, los contribuyentes pueden retrasar o impedir la adopción de medidas coercitivas y, al mismo tiempo, buscar una solución justa a sus problemas tributarios.

Por qué son importantes estos derechos

Solicitar una audiencia del CDP con prontitud es una de las maneras más eficaces de proteger sus activos y preservar sus derechos legales durante los esfuerzos de recaudación del IRS. Una solicitud del CDP presentada correctamente puede detener temporalmente los gravámenes, los embargos salariales y otras medidas coercitivas, lo que le da tiempo para organizar planes de pago, presentar documentación acreditativa o impugnar el período tributario.

El ejercicio de estos derechos garantiza que el IRS base sus acciones de cobro en información precisa y en la ley aplicable, y que su caso reciba una revisión exhaustiva e imparcial. Si no está de acuerdo con la determinación de la apelación, puede llevar el asunto a los tribunales para obtener una resolución final. Al comprender y utilizar las protecciones del CDP, los contribuyentes pueden administrar sus obligaciones tributarias de manera proactiva y, al mismo tiempo, evitar dificultades financieras innecesarias.

Factores desencadenantes de una solicitud de audiencia del CDP

La audiencia de debido proceso de cobro no es automática; el Servicio de Impuestos Internos debe notificarle antes de que comience su derecho a solicitar una. El IRS emite varios tipos de notificaciones que activan tus derechos de devolución de impuestos, y saber cómo identificarlos es fundamental si quieres protegerte de las acciones de cobro forzosas, como los impuestos del IRS o la presentación de un gravamen tributario federal.

Avisos del IRS que activan los derechos de CDP

Cuando el IRS envía cualquiera de los siguientes avisos, usted tiene derecho a solicitar una audiencia del CDP:

  • Carta 3172, Aviso de presentación de gravámenes tributarios federales y su derecho a una audiencia: Este aviso le informa sobre un gravamen fiscal y su derecho a impugnar el gravamen tributario federal mediante una solicitud de audiencia del CDP.
  • El formulario LT-11, también conocido como notificación final de intención de embargar y notificación de su derecho a una audiencia, es uno de los documentos que puede recibir. Estas notificaciones indican que el IRS puede embargar propiedades o activos y que usted puede impugnar la recaudación tributaria propuesta o la deuda tributaria relacionada.
  • Impuesto por riesgo, tasa de devolución de impuestos estatales y avisos posteriores a la imposición: estas acciones también activan los derechos del CDP y le dan la oportunidad de presentar defensas, incluidas las defensas del cónyuge o la reparación de un cónyuge inocente, según su situación.

Actuar dentro del período de 30 días

Tiene 30 días a partir de la fecha de la notificación para presentar su solicitud de audiencia. Una audiencia oportuna del CDP lo protege de las iniciativas de cobro del IRS y permite una revisión completa por parte de un oficial de apelaciones imparcial de la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS.

  • La presentación tardía puede hacer que pierda su derecho a una revisión judicial en el Tribunal Tributario.
  • Es posible que se le limite a una audiencia equivalente, que carece de las protecciones legales esenciales, como la revisión judicial, y no puede retrasar la ejecución.
  • El incumplimiento de los plazos también reduce su capacidad para negociar alternativas de cobro o impugnar la obligación tributaria subyacente.

Utilice siempre correo certificado o registrado cuando envíe su solicitud de audiencia del CDP a la dirección correcta del IRS que figura en el aviso. Esto garantiza la presentación puntual de la presentación según la ley aplicable que rige el debido proceso.

La presentación de gravámenes fiscales federales y sus implicaciones

Un gravamen tributario federal es una demanda legal seria presentada por el Servicio de Impuestos Internos contra su propiedad debido a una deuda tributaria que usted adeuda pero que no ha pagado. Si no paga su factura de impuestos, el IRS puede comenzar a cobrarla imponiendo un gravamen sobre sus bienes inmuebles, bienes personales o cuentas financieras. Este gravamen establece el derecho legal del gobierno sobre sus activos ante otros acreedores.

El gravamen tributario federal se presenta después de que el IRS evalúe su obligación tributaria y le envíe una notificación del impuesto federal adeudado, y usted no paga esa cantidad o se niega a pagarla. La presentación protege los intereses del gobierno y sirve como aviso público para los acreedores y las instituciones financieras. Esta medida puede afectar gravemente su calificación crediticia, interrumpir la refinanciación o la aprobación de préstamos y limitar su capacidad de vender o transferir propiedades.

Cómo un gravamen fiscal federal desencadena los derechos del CDP

Según el artículo 6320 del IRC, el IRS debe notificarle dentro de los cinco días hábiles posteriores a la presentación del gravamen. Esta notificación, que normalmente se entrega mediante la carta 3172, incluye su derecho a solicitar una audiencia de debido proceso de cobro.

  • El aviso explica su derecho a presentar una solicitud de audiencia del CDP utilizando el formulario del IRS correspondiente.
  • El período impositivo cubierto por el gravamen y su número de identificación fiscal se incluirán en la carta.
  • Debe responder antes de la fecha límite para acceder a su derecho a una audiencia de CDP oportuna y preservar las posibles defensas conyugales planteadas o las disputas sobre la obligación tributaria subyacente.

Responder a través del proceso de audiencia del CDP

Presentar una solicitud de audiencia después de presentar un gravamen tributario federal le permite impugnar la reclamación del IRS o proponer arreglos de pago, como un plan de pago. Un oficial de apelaciones imparcial de la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS revisará el caso con base en la ley aplicable.

Si el contribuyente no está de acuerdo con la carta de determinación, puede solicitar una revisión judicial en el Tribunal Tributario o en el Tribunal de Distrito. La acción oportuna garantiza que sus derechos estén protegidos y que se escuche su voz antes de que procedan las acciones de cobro forzosas.

El proceso de audiencia del CDP

Una vez que el Servicio de Impuestos Internos emita una notificación final, como una notificación de intención de recaudar o la presentación de un gravamen tributario federal, puede solicitar una audiencia del CDP. Este proceso administrativo le permite impugnar las medidas de cobro propuestas por el IRS, presentar alternativas de cobro y hacer valer sus defensas legales, todo ello antes de que el IRS proceda a la recaudación forzosa.

Presentar una solicitud de audiencia del CDP a tiempo activa sus protecciones procesales y garantiza que un oficial de apelaciones imparcial de la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS la revise.

Desglose paso a paso del proceso de CDP

  1. El IRS envía un aviso de calificación

El IRS envía una notificación, como la carta 3172 o la LT-11, informándole sobre el período tributario cubierto, la obligación tributaria y su derecho a una audiencia.

  1. Enviar formulario 12153

Debe presentar el formulario correspondiente del IRS, el formulario 12153, para iniciar su audiencia de debido proceso de cobro. Envíe su solicitud de audiencia a la dirección del IRS especificada en la notificación por correo certificado o certificado para obtener un comprobante de envío.

  1. Comienzan las protecciones previas a la audiencia

Mientras la audiencia esté pendiente, la presentación oportuna de una solicitud de audiencia del CDP suspende la capacidad del IRS de embargar sus activos, como salarios o un reembolso de impuestos estatales.

  1. Audiencia conducida por apelaciones

La audiencia se puede llevar a cabo por teléfono, correo o en persona. El oficial de apelaciones no debe haber participado previamente en su caso y debe tener en cuenta todos los documentos de respaldo y la ley aplicable pertinente.

  1. Notificación de determinación emitida

Después de la revisión, el IRS emite un aviso de determinación en el que se resumen la decisión y los próximos pasos.

Revisión judicial en el tribunal tributario

Si el contribuyente no está de acuerdo con la carta de determinación, puede solicitar una revisión judicial solicitando al Tribunal Tributario de los Estados Unidos en un plazo de 30 días. En algunos casos, el contribuyente también puede solicitar una revisión ante el Tribunal de Distrito, lo que es particularmente importante si el caso implica una controversia tributaria relacionada con la obligación tributaria subyacente.

Audición equivalente como alternativa

Aún puede ser elegible para una audiencia equivalente si no cumple con el plazo de 30 días para solicitar una audiencia del CDP después de recibir una notificación de intención de recaudar o una notificación de gravamen fiscal federal. Este proceso alternativo le permite presentar su caso ante la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS, aunque ciertas protecciones legales son limitadas en comparación con la celebración oportuna de una audiencia del CDP.

Debe solicitar una audiencia equivalente dentro de un año de la fecha de notificación final del IRS. Aún usa el formulario 12153, y su solicitud de audiencia debe enviarse por correo a la dirección correcta del IRS por correo certificado o certificado para garantizar el comprobante de entrega.

Diferencias clave con respecto a una audiencia CDP estándar

Si bien la estructura de una audiencia equivalente es similar a la de una audiencia de debido proceso de cobro, existen varias distinciones importantes:

  • No tiene derecho a una revisión judicial en el Tribunal Tributario o en el Tribunal de Distrito si el contribuyente no está de acuerdo con la carta de determinación.
  • Las acciones de cobro propuestas por el IRS, incluidos los gravámenes y la incautación de activos, no se suspenden mientras la audiencia esté pendiente.
  • El resultado de una audiencia equivalente no vincula al IRS y es posible que los procedimientos de cobro adeudado no cambien.

Cuando una audiencia equivalente sigue siendo valiosa

A pesar de sus limitaciones, una audiencia equivalente puede ser útil en varias circunstancias:

  • Puedes proponer arreglos de pago, como un plan de pagos, o explorar otras alternativas de cobro, especialmente si tienes dificultades financieras.
  • Puede presentar pruebas para impugnar la obligación tributaria subyacente, hacer valer las defensas del cónyuge presentadas o solicitar una reparación para cónyuges inocentes.
  • Un oficial de apelaciones revisará sus documentos de respaldo y evaluará el cumplimiento por parte del IRS de la ley aplicable.
  • El proceso ofrece la oportunidad de resolver su controversia tributaria sin convertirse en un litigio, especialmente cuando el contribuyente solicita una reparación después de la fecha límite legal.

Si bien no es tan poderosa como una audiencia del CDP con el debido proceso, una audiencia equivalente puede ser un último recurso valioso para abordar los esfuerzos de recaudación del IRS una vez que hayan pasado los plazos.

Debido proceso y derechos de los contribuyentes

El marco del debido proceso de cobro (CDP) se basa en el principio del debido proceso, una protección constitucional que garantiza que los contribuyentes reciban un trato justo antes de que el gobierno se apodere de la propiedad o tome otras medidas de cobro. Cuando el Servicio de Impuestos Internos inicia la recaudación debido a la falta de pago de un impuesto, primero debe informarle de sus derechos mediante una notificación legal adecuada y brindarle la oportunidad justa de responder.

Resumen de sus derechos durante una audiencia del CDP

Las protecciones clave bajo una audiencia de debido proceso de cobro incluyen las siguientes para los contribuyentes:

  • Antes de que el IRS tome medidas, el contribuyente tiene derecho a recibir un aviso de embargo tributario federal o un aviso de intención de recaudar.
  • Un oficial de apelaciones imparcial, sin ninguna participación previa en el caso, tiene el derecho de llevar a cabo una audiencia del CDP a solicitud del contribuyente.
  • Se planteó la posibilidad de impugnar la obligación tributaria subyacente, proponer acuerdos de pago o presentar defensas conyugales, incluida la reparación del cónyuge inocente.

Responsabilidades del IRS antes de hacer cumplir el cobro

Antes de iniciar el cobro forzoso, como los gravámenes del IRS, el IRS debe:

  • Evalúe la obligación tributaria y envíe una notificación por escrito especificando el período impositivo cubierto, el número de formulario fiscal y el impuesto involucrado.
  • Concédale al menos 30 días para presentar una solicitud de audiencia del CDP mediante el formulario 12153.
  • Envíe todos los avisos por correo a su última dirección conocida del IRS mediante correo certificado o registrado para cumplir con la ley aplicable.

Sus derechos en virtud de la Declaración de Derechos del Contribuyente

La Declaración de Derechos del Contribuyente garantiza la transparencia y la equidad, lo que respalda su capacidad para desafiar al IRS. Los principios clave incluyen

  • El derecho a impugnar la posición del IRS y a ser escuchado.
  • Puede presentar una apelación ante la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS.
  • Si el contribuyente no está de acuerdo con la carta de determinación, puede solicitar una revisión judicial en el Tribunal Tributario o en el Tribunal de Distrito.

Suspensión del cobro durante las apelaciones

La presentación oportuna de una solicitud de audiencia del CDP generalmente suspende las acciones de cobro durante el proceso de audiencia. Esta pausa le permite presentar su caso, presentar documentos de respaldo y explorar alternativas de cobro sin poner en peligro sus ingresos o activos de forma inmediata.

El debido proceso de cobro (CDP) y sus beneficios

El marco del debido proceso de cobro (CDP) es una de las herramientas legales más eficaces para los contribuyentes que se enfrentan a los esfuerzos de recaudación del IRS. Promulgado en virtud del código tributario para preservar el debido proceso, el CDP garantiza que los contribuyentes sean notificados de las medidas de ejecución pendientes y puedan responder antes de que el Servicio de Impuestos Internos pueda embargar bienes, embargar salarios o presentar un gravamen tributario federal.

Al presentar una solicitud de audiencia del CDP a tiempo, usted desencadena una revisión formal por parte de un oficial de apelaciones imparcial de la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS, lo que le permite proteger sus derechos y proponer soluciones.

Beneficios clave de solicitar una audiencia del CDP

Solicitar una audiencia de debido proceso de cobro puede brindar varias protecciones y oportunidades significativas:

  • Prevenir la recopilación forzosa

Una audiencia oportuna del CDP impide que el IRS emita avisos de embargo, embargue salarios o incaute cuentas bancarias durante el período del proceso de audiencia.

  • Negocie mejores condiciones de reembolso

Puede presentar alternativas de pago, como un plan de pagos, pagos mensuales u otras opciones de cobro en caso de dificultades financieras.

  • Plantear disputas legítimas

El CDP le permite impugnar la obligación tributaria subyacente, impugnar el monto de la deuda tributaria y presentar documentos de respaldo, como registros financieros o defensas conyugales presentadas.

  • Suspender el plazo de prescripción

Mientras su caso esté siendo revisado por el CDP, el plazo de prescripción de 10 años para la recaudación del IRS se suspende temporalmente. Esta función le da tiempo para resolver el asunto sin presiones.

  • Evite embargos, gravámenes y embargos

Una audiencia del CDP puede impedir o retrasar la presentación de un gravamen tributario o la ejecución de un gravamen tributario, lo que le permite abordar el problema antes de que el IRS se quede con los activos o los archivos que dañen los registros públicos.

Las protecciones de cobro crean un entorno equitativo tanto para el IRS como para los contribuyentes. Al comprender y utilizar estos derechos, puede reducir el impacto de la recaudación forzosa, resolver su controversia tributaria y buscar un trato justo en virtud de la ley aplicable.

Solicitud de audiencia y preparación

Para proteger sus derechos en virtud del marco del debido proceso de cobro (CDP), debe presentar una solicitud formal de audiencia del CDP presentando el formulario 12153 del IRS: Solicitud de un debido proceso de cobro o audiencia equivalente. Este formulario inicia su caso ante la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS y debe presentarse dentro del plazo requerido para activar sus protecciones procesales.

Presentación del formulario 12153: información y pasos requeridos

Es fundamental completar el formulario 12153 del IRS con precisión. Su presentación debe incluir:

  • Su nombre completo, número de identificación fiscal e información de contacto deben incluirse en su presentación.
  • Incluya una indicación clara del período impositivo cubierto y la obligación tributaria específica o el número de formulario involucrado.
  • Incluya una explicación detallada de las medidas de cobro propuestas por el IRS, como la presentación de un gravamen tributario o la presentación de un gravamen tributario federal, que esté impugnando.
  • Incluya su firma y la fecha de la solicitud de audiencia.

También debe verificar si está solicitando una audiencia de debido proceso de cobro o una audiencia equivalente, según el momento de su solicitud.

Dónde enviar el formulario

Envíe el formulario 12153 a la dirección del IRS que figura en la notificación, no a la dirección de pago. Se recomienda encarecidamente utilizar correo certificado o registrado para confirmar la entrega. Adjuntar una copia de la notificación de gravamen tributario federal o de la notificación final ayuda al IRS a comparar su solicitud con el archivo correspondiente y respalda el cumplimiento de la ley aplicable.

Documentación de respaldo

Junto con su solicitud de audiencia del CDP, incluya los documentos de respaldo pertinentes:

  • El formulario 433-A o el formulario 433-B (Declaración de información de recopilación) se utilizan para revelar dificultades financieras o proponer acuerdos de pago.
  • Formulario 2848 (poder notarial) si desea que un abogado tributario, un profesional de impuestos o un representante actúe en su nombre.
  • Los estados de cuenta bancarios recientes, los talones de pago, los pagos mensuales y los registros de impuestos están involucrados para respaldar su posición o solicitud de alternativas de cobro.

La preparación adecuada fortalece su caso y permite que un oficial de apelaciones imparcial evalúe su situación en relación con el código tributario.

Resolver las obligaciones tributarias mediante el debido proceso de cobro

Una audiencia de debido proceso de cobro ofrece más que solo la oportunidad de impugnar una obligación tributaria, sino que también le permite buscar acuerdos de pago que reflejen su capacidad de pago. Ya sea que se enfrente a un gravamen tributario, a un gravamen tributario federal o a otras iniciativas de recaudación del IRS, esta audiencia le permite resolver su deuda tributaria de manera justa, en función de su situación financiera y con el respaldo de la documentación adecuada.

Opciones de pago y alternativas

Durante su audiencia del CDP, puede proponer varias alternativas de cobro según su situación:

  • Acuerdos de pago a plazos

Puede solicitar un plan de pago estándar o simplificado que le permita hacer pagos mensuales para cubrir sus impuestos pendientes de pago a lo largo del tiempo. Es posible que esté disponible un acuerdo de pago parcial en cuotas (PPIA) para saldos más altos, en los que solo se paga una parte de la deuda tributaria antes de que venza el plazo de cobro.

  • Oferta de compromiso (OIC)

Si no puede pagar el monto total y cumple con los estrictos criterios de elegibilidad, una oferta de compromiso le permite liquidar su obligación tributaria por un monto inferior al monto total adeudado. La presentación de una OIC requiere la presentación de la información financiera a través del formulario 433-A o el formulario 433-B, los documentos justificativos y las tasas.

  • Actualmente no está en estado de colección (CNC)

Los contribuyentes que tienen dificultades financieras pueden calificar para obtener el estatus de CNC, lo que detiene temporalmente la actividad de recaudación del IRS. Este estatus no elimina la deuda tributaria, pero suspende las acciones de recaudación del IRS, como el embargo de salarios o la incautación de activos.

  • Alivio basado en dificultades

Los contribuyentes pueden solicitar que se levanten las defensas conyugales o solicitar una reparación para cónyuges inocentes cuando corresponda, especialmente si desconocían los errores u omisiones de un cónyuge en la declaración de impuestos.

Cuándo buscar cada opción

La elección de la solución correcta depende de sus ingresos, activos, período impositivo y deuda tributaria total. El oficial de apelaciones considerará su elegibilidad, su capacidad de pago y cualquier reclamación por dificultades financieras en virtud de la ley aplicable. Presentar las alternativas de cobro adecuadas puede conducir a una resolución favorable sin que el IRS siga haciendo cumplir la ley.

Ejemplos de audiencias de CDP en el mundo real

Comprender cómo los contribuyentes han utilizado con éxito las audiencias del debido proceso de cobro (CDP) para resolver los problemas del IRS proporciona información valiosa. Estos ejemplos demuestran cómo la acción oportuna, la documentación adecuada y el conocimiento de los programas disponibles pueden proteger los activos y prevenir medidas de cobro agresivas.

Ejemplo 1: El propietario de una pequeña empresa evita un impuesto sobre la nómina

El propietario de una pequeña empresa de catering se atrasó en el pago de los depósitos de impuestos sobre la nómina y recibió una última notificación LT-11 de su intención de recaudar más de 45 000 dólares en impuestos laborales impagos.

Acción CDP: El propietario presentó oportunamente una solicitud de audiencia para el CDP mediante el formulario 12153, en la que indicaba su intención de solicitar un acuerdo de pago parcial en cuotas, y los documentos de respaldo incluían el formulario 433-B, estados de cuenta bancarios recientes y registros detallados de gastos mensuales.

Resultado: La Oficina de Apelaciones Independiente del IRS aprobó un plan de pago basado en los ingresos de la empresa. Esta resolución permitió al contribuyente realizar pagos mensuales manejables, mantener el negocio en funcionamiento y evitar la incautación de activos.

Ejemplo 2: Disputar un gravamen por una declaración no presentada

Un contribuyente recibió la carta 3172, una notificación de gravamen tributario federal, a pesar de no tener un requisito de presentación para ese año. El gravamen se basó en una declaración sustitutiva (SFR) que el IRS creó sin la participación del contribuyente.

Acción CDP: El contribuyente presentó una solicitud de audiencia del CDP impugnando la responsabilidad subyacente, adjuntó un comprobante de la obligación de no presentar la declaración e incluyó la correspondencia de respaldo del IRS.

Resultado: El oficial de apelaciones determinó que el gravamen no era válido. Se emitió una carta de determinación a favor del contribuyente y se liberó el gravamen fiscal, eliminando la responsabilidad gravada.

Ejemplo 3: Un estudiante de último año de la Seguridad Social enfrenta dificultades económicas

Un contribuyente de 75 años recibió una notificación de embargo por $8,000 en impuestos impagos de años anteriores, con los beneficios del Seguro Social como su única fuente de ingresos.

Acción CDP: Se presentó una solicitud de audiencia del CDP, alegando dificultades financieras. El contribuyente presentó el formulario 433-A, los talones de pago del Seguro Social y los documentos que muestran los activos y gastos de manutención mínimos.

Resultado: El oficial de apelaciones puso la cuenta en el estado de no cobrable actualmente (CNC), suspendiendo todas las acciones de cobro del IRS y protegiendo la única fuente de ingresos del contribuyente.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Qué significa el debido proceso de cobro?

El debido proceso de cobro es el derecho legal que permite a un contribuyente impugnar las acciones de cobro del IRS, como embargos o gravámenes, antes de que se hagan cumplir. Garantiza que el IRS siga los procedimientos adecuados y notifique oficialmente antes de tomar medidas. Durante una audiencia, los contribuyentes pueden proponer soluciones de pago o presentar defensas, incluidas las defensas conyugales o las disputas relacionadas con la obligación tributaria subyacente, lo que les permite resolver los problemas antes de la ejecución.

En una audiencia de debido proceso de cobro, ¿qué pueden impugnar los contribuyentes?

Una audiencia de debido proceso de cobro permite a los contribuyentes impugnar la idoneidad de las acciones de cobro propuestas y, en algunos casos, la obligación tributaria subyacente si no han tenido una oportunidad previa. Los contribuyentes también pueden abordar las denegaciones o modificaciones de los planes de pago, solicitar que se consideren alternativas de cobro, como los acuerdos de pago a plazos o las ofertas de compromiso, y denunciar los errores procesales cometidos por el IRS. Esta audiencia proporciona un foro justo para resolver disputas.

¿Qué es una audiencia de debido proceso de cobro en el IRS?

Una audiencia de debido proceso de cobro es una revisión administrativa llevada a cabo por el Oficina de Apelaciones Independiente del IRS donde un contribuyente puede impugnar las acciones de cobro planificadas. Durante esta audiencia, el contribuyente puede proponer arreglos de pago, solicitar programas de ayuda o proporcionar documentación que respalde las dificultades financieras. El oficial de apelaciones revisa el caso de manera imparcial y emite una carta de determinación. Este proceso permite a los contribuyentes buscar una resolución sin tener que acudir a los tribunales ni enfrentarse a una ejecución inmediata.

¿Qué sucede cuando el IRS envía la deuda a las cobranzas?

Cuando el IRS destina una deuda tributaria a las recaudaciones, puede comenzar a tomar medidas coercitivas, como presentar un gravamen tributario federal, emitir un gravamen o embargar los salarios. Antes de que se tomen estas medidas, el IRS envía una notificación informando al contribuyente de su derecho a una audiencia sobre el debido proceso de cobro. Si se ignora la notificación, el IRS puede proceder con la ejecución. Responder con prontitud puede ayudar a evitar acciones de cobro agresivas y a preservar la estabilidad financiera.

¿Cuál es el límite de tiempo para la recaudación del IRS?

El IRS generalmente tiene diez años a partir de la fecha en que se evalúa un impuesto para cobrar el saldo adeudado, lo que se conoce como la fecha de vencimiento de la ley de cobro. Este período se puede extender temporalmente si un contribuyente solicita una audiencia de debido proceso de cobro o solicita una Oferta en compromiso, o ingresa al Programa de apelaciones de cobro. Por lo general, el IRS detiene la ejecución de la ley durante dichas revisiones hasta que concluya el proceso administrativo o judicial.