Recibir una notificación del Servicio de Impuestos Internos (IRS) puede resultar inquietante, especialmente cuando se trata de términos como «intención de recaudar» o «aviso final». Una de las cartas más urgentes que envía el IRS es la notificación CP504, que indica la intención de la agencia de iniciar las acciones de cobro de una deuda tributaria impaga. Este aviso advierte que el IRS puede embargar su reembolso del impuesto estatal sobre la renta para recuperar el saldo adeudado. También sirve como un punto crítico en el cronograma de ejecución que no debe ignorarse.

El CP504 es parte de una serie de cartas crecientes que el IRS envía cuando las facturas de impuestos no se pagan. Si bien aún no autoriza un gravamen sobre su salario o su cuenta bancaria, marca la transición hacia una aplicación más seria. Si no se toman medidas, podría enfrentarse a multas adicionales, a un gravamen tributario federal o incluso a restricciones de pasaporte si su deuda tributaria gravemente morosa alcanza ciertos umbrales. El aviso también describe tu saldo pendiente, los cargos por intereses y los arreglos de pago disponibles.

Comprender sus derechos y responsabilidades en virtud de este aviso es clave para evitar errores costosos. Este artículo explica qué es la CP504, cómo encaja en el proceso de cobro del IRS y qué opciones tiene para responder. También analizaremos los pasos para verificar la notificación, elegir la estrategia de pago correcta o apelar si es necesario. Actuar con rapidez mejora sus posibilidades de proteger sus bienes personales y de resolver su deuda tributaria con el IRS antes de que se tomen medidas adicionales.

¿Qué es el aviso CP504 del IRS?

La notificación CP504, también llamada Notificación de intención de recaudar impuestos, es una advertencia formal del IRS de que usted adeuda impuestos y aún no los ha pagado. Está autorizado en virtud de la sección 6331 (d) del Código de Impuestos Internos y representa una etapa crítica en el proceso de recaudación del IRS. La CP504 le informa que el IRS tiene la intención de confiscar su reembolso del impuesto estatal sobre la renta y puede iniciar esfuerzos adicionales de recaudación si no se toman medidas. También destaca que la falta de respuesta podría tener más consecuencias.

Este aviso incluye detalles clave, como el saldo total pendiente de pago, los cargos por intereses aplicables y las multas adicionales agregadas a su cuenta. Describe una fecha límite de pago específica y proporciona la información de contacto del IRS para que puedas resolver el asunto. También encontrarás instrucciones para hacer los arreglos de pago, incluida la forma de solicitar un acuerdo de pago a plazos. Sin embargo, si bien la CP504 es grave, no autoriza al IRS a embargar salarios o cuentas bancarias.

Lo que diferencia a la CP504 de las notificaciones anteriores, como la CP14 o la CP501, es su implicación legal y su intención de gravar. Es posible que las cartas anteriores le recuerden su saldo pendiente, pero la CP504 le advierte claramente que debe tomar medidas inmediatas, empezando por su reembolso estatal. Si se ignora, el IRS puede proceder a enviar la LT11 o la carta 1058, las cuales otorgan una autoridad de ejecución más amplia. Estas notificaciones posteriores también activan su derecho a solicitar una audiencia de debido proceso de cobro.

Necesita saber qué es el CP504 para mantener su dinero seguro. Se trata de un punto de inflexión entre los recordatorios rutinarios y las medidas de recaudación forzosa, y debe tomarse en serio. Leer rápidamente el aviso y responder con opciones de pago o apelación puede ayudar a evitar que tus finanzas empeoren a largo plazo.

El CP504 en el proceso de cobro del IRS

La notificación CP504 es una parte integral del proceso de cobro del IRS, pero no es la primera carta que recibe cuando adeuda impuestos. El primer paso suele ser la notificación CP14, la primera factura tributaria. Si no responde ni paga, el IRS le envía recordatorios al CP501 y al CP503. Cada notificación se vuelve cada vez más urgente, lo que facilita la recaudación del dinero.

Si el saldo sigue sin pagarse, el IRS envía el aviso CP504, llamado Aviso de intención de gravar. Esto indica la intención del IRS de proceder con la ejecución de la ley, empezando por la incautación de su reembolso de impuestos estatales. Es la primera notificación en la que se menciona la palabra «gravamen» y tiene validez legal según la sección 6331 (d) del Código de Impuestos Internos. Sin embargo, la CP504 no otorga al IRS la facultad de tomar dinero de su cheque de pago, congelar sus cuentas bancarias o quedarse con otros bienes personales.

Antes de hacer todo lo posible por hacer cumplir la ley, el IRS suele enviar estas notificaciones en este orden:

  • El aviso CP14 es la primera factura que le indica cuánto debe después de presentar sus impuestos.

  • Los avisos CP501 y CP503 son recordatorios de seguimiento de que la deuda tributaria sigue sin pagarse y que aún se espera su cobro.

  • La notificación CP504 es la advertencia formal del IRS de que tiene la intención de cobrarle su reembolso de impuestos estatales e iniciar acciones de cobro forzosas.

  • La LT11 o la carta 1058 sirven como notificación final de la intención de recaudar e incluyen su derecho a solicitar una audiencia de debido proceso de cobro.

Estas cartas finales le permiten apelar o proponer arreglos de pago a través de la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS. La CP504 no otorga este derecho, pero indica que dicha aplicación es inminente. Tomar medidas en esta etapa le permite evitar consecuencias más graves, como acciones judiciales y acciones legales contra su propiedad. Responder con prontitud ayuda a preservar sus opciones de apelación y protege su estabilidad financiera.

Qué puede incautar el IRS después de la CP504

Autoridad de incautación inmediata después de la CP504

Tras enviar la notificación CP504, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) obtiene una autoridad limitada para iniciar una acción recaudatoria. En esta etapa, el IRS puede embargar su reembolso de impuestos estatales para ayudarlo a pagar su deuda tributaria pendiente de pago. Este procedimiento incluye el dividendo del Fondo Permanente de Alaska si vive en Alaska. El CP504, un paso formal en el proceso de cobro del IRS, sirve como advertencia final antes de que el IRS inicie esfuerzos de cobro más agresivos.

Lo que el IRS aún no puede incautar

Si bien la CP504 es grave, no autoriza al IRS a cobrarle sus salarios, cuentas bancarias o bienes personales. Estas acciones más amplias requieren una carta diferente, generalmente la carta 1058 o la LT11, que sirve como notificación final de intención de imponer un embargo. Esa notificación final también le otorga el derecho a una audiencia sobre el debido proceso de cobro, algo que no se proporciona con la CP504. El IRS debe emitir esa carta por separado antes de poder embargar otros tipos de activos o ingresos.

Qué se vuelve vulnerable si no actúas

Si ignora la CP504 y el IRS intensifica el caso, la agencia puede buscar formas de ejecución más amplias. Esto puede incluir embargar los salarios, congelar cuentas bancarias o confiscar los beneficios del Seguro Social. Además, el IRS puede centrarse en los activos de su empresa, otros ingresos o bienes personales valiosos. La CP504 no desencadena directamente estas acciones, pero la notificación le brinda su última oportunidad de resolver el problema antes de que comience la ejecución. Comprender qué está en riesgo y cómo se intensifica la aplicación de la ley es fundamental para proteger la estabilidad financiera. Una respuesta oportuna lo ayuda a evitar dificultades y puede permitirle resolver la obligación tributaria mediante arreglos de pago o apelaciones.


Qué sucede si ignora el CP504

Ignorar el aviso CP504 del IRS puede tener consecuencias graves más allá de la incautación de su reembolso de impuestos estatales sobre la renta. Si bien este aviso permite al Servicio de Impuestos Internos cobrar su reembolso, el incumplimiento continuo puede llevar a que se impongan impuestos más amplios. Si no respondes, el IRS normalmente intensificará la situación enviando la carta 1058 o la LT11, en la que se otorga a la agencia plena autoridad para embargar los salarios, las cuentas bancarias y otros bienes personales. Estas notificaciones también incluyen su derecho a una audiencia sobre el debido proceso de cobro, que es su última oportunidad de apelar antes de que comience el cobro forzoso.

Una de las primeras consecuencias a las que puede enfrentarse es presentar una notificación de gravamen fiscal federal. Este documento público establece la reclamación legal del IRS contra su propiedad y puede afectar su crédito, su capacidad de vender activos o obtener financiación. Si continúa sin resolver el saldo pendiente de pago, también es posible que el IRS embargue su salario o congele sus cuentas financieras. En casos extremos, el IRS puede embargar activos comerciales, vehículos o incluso bienes inmuebles para cubrir la deuda tributaria.

Otra consecuencia grave tiene que ver con su pasaporte de los Estados Unidos. Según la Ley FAST, los contribuyentes con deudas tributarias gravemente morosas (por lo general, más de 62 000 dólares) pueden estar sujetos a restricciones en materia de pasaporte. El IRS puede notificar al Departamento de Estado, el cual puede denegar la renovación o revocar su pasaporte actual. El resultado puede afectar los viajes, el estado migratorio o las oportunidades de empleo que requieren una identificación válida.

Si no actúa en relación con una notificación CP504, su caso se adentra más en el proceso de cobro del IRS. Si no responde, corre el riesgo de perder los derechos de apelación, limitar las opciones de arreglos de pago y enfrentarse a un daño financiero a largo plazo. Cuanto antes aborde el problema (pagando, solicitando una audiencia o consultando a un profesional de impuestos), más control tendrá sobre el resultado.

Cómo responder a una notificación CP504

1. Confirme que la notificación es legítima

Antes de tomar medidas, confirme que la notificación CP504 es una comunicación oficial del Servicio de Impuestos Internos (IRS). Verifique que la marca del IRS sea correcta, una dirección de devolución válida y el idioma oficial. Puede verificar el aviso llamando al IRS al número gratuito que aparece en su sitio web. Si no estás seguro de la autenticidad, consulta a un profesional de impuestos de confianza antes de realizar cualquier pago o divulgación.

2. Revise el aviso detenidamente

Una vez verificado, lea el aviso detenidamente. Incluye el saldo pendiente de pago, un desglose de los cargos por intereses y una fecha de vencimiento del pago. La CP504 también advierte que el IRS incautará su reembolso de impuestos estatales y puede presentar un gravamen tributario federal si no se realiza ningún pago. Revisar esta información detenidamente lo ayuda a comprender la gravedad de la situación y lo prepara para elegir la respuesta adecuada.

3. Decida si está de acuerdo con el saldo

Si está de acuerdo con el cálculo del IRS de su obligación tributaria, puede pagar el monto total u organizar planes de pago. El pago se puede realizar mediante Direct Pay, EFTPS o enviando un cheque por correo con el comprobante proporcionado. Los pagos parciales pueden ayudar a reducir las multas y los intereses, incluso si no puede pagar el saldo total de inmediato.

Si no está de acuerdo con el saldo, reúna documentación como pagos anteriores, transcripciones del IRS o declaraciones modificadas. Puede comunicarse con el IRS para impugnar el monto o presentar el formulario 843 para solicitar una reducción de las multas o los intereses. Según el caso, es posible que deba apelar ante la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS o solicitar la ayuda del tribunal tributario.

4. Elige una opción de pago

El IRS ofrece varios arreglos de pago para los contribuyentes que no pueden pagar en su totalidad:

  • Es posible que haya un plan de pago a corto plazo (menos de 180 días) para deudas más pequeñas.

  • Un plan de pago a largo plazo, o un acuerdo de pago a plazos, está disponible para montos mayores y se puede solicitar en línea o mediante la presentación del formulario 9465.

  • Si no puede pagar ningún pago, puede solicitar la condición de no cobrable actualmente (CNC) en función de sus dificultades financieras.

Una oferta de compromiso (OIC) podría ser una alternativa viable para las personas que no pueden pagar la cantidad total. Puede utilizar la herramienta de precalificación de ofertas en condiciones de compromiso del IRS para evaluar la elegibilidad. Para presentar la solicitud, presente el formulario 433-A (OIC) o el formulario 433-B (OIC), junto con el formulario 656, y debe abonar una tasa de solicitud de 205 USD, a menos que reúna los requisitos para una exención por bajos ingresos.

5. Comprenda sus opciones de apelación

Si cree que el IRS está tomando medidas de cobro inapropiadas, puede solicitar una revisión en el marco del Programa de apelaciones de cobro (CAP). Esto le permite impugnar las solicitudes de gravamen o las acciones recaudatorias propuestas antes de que se produzcan. Para iniciar una apelación del CAP, complete el formulario 9423 y envíelo a la dirección que figura en su notificación.

Si bien la CP504 no otorga acceso a una audiencia de debido proceso de cobro, si recibe notificaciones futuras, como la carta 1058 o la LT11, puede solicitar una audiencia del CDP presentando el formulario 12153 en un plazo de 30 días. Esto le permite impugnar el cobro, proponer un acuerdo de pago a plazos o presentar otras opciones de reparación.

Comprensión de sus derechos de debido proceso de cobro

La notificación CP504 no le otorga el derecho a una audiencia de debido proceso de cobro (CDP). Ese derecho solo está disponible cuando el Servicio de Impuestos Internos (IRS) emite una notificación final de intención de recaudar, como la carta 1058 o la LT11. Estas cartas le informan sobre su derecho legal a impugnar la acción recaudatoria y solicitar una revisión independiente. Por el contrario, el Programa de apelaciones de cobro (CAP) ofrece resoluciones más rápidas, pero no detiene la ejecución ni le permite impugnar directamente la obligación tributaria.

El IRS debe ofrecer una audiencia de CDP antes de embargar cuentas bancarias, bienes personales u otros activos financieros, a menos que ya haya ofrecido una para el mismo período tributario. Cuando reciba la LT11 o la carta 1058, tiene 30 días para responder presentando el formulario 12153. Si no actúa dentro de ese plazo, perderá su derecho a solicitar una audiencia. Conocer esta distinción es fundamental para proteger sus bienes y derechos de apelación.

Para iniciar una audiencia del CDP, complete y envíe el formulario 12153 a la dirección que figura en su notificación. Durante la audiencia, puede proponer un acuerdo de pago, como un acuerdo de pago a plazos, o presentar opciones de compensación alternativas, como una oferta de compromiso. La Oficina de Apelaciones Independiente del IRS lleva a cabo la audiencia por separado de la unidad de cobros. Responder dentro del plazo permitido garantiza que su caso sea revisado antes de que comience la recaudación forzosa, lo que le brinda una última oportunidad de resolver su deuda tributaria del IRS de manera voluntaria.


Conseguir que se libere un impuesto

Cuándo se requiere que el IRS libere un embargo

Si el IRS ha emitido una notificación de embargo, existen condiciones específicas bajo las cuales se debe liberar el embargo. De acuerdo con el Código de Impuestos Internos, el IRS debe liberar un embargo si la deuda tributaria se ha pagado en su totalidad o si la ley de cobro ha expirado. El IRS también debe liberar el gravamen si esto causa dificultades económicas, lo que significa que no puede cubrir los gastos básicos de subsistencia. En algunos casos, la firma de un acuerdo de pago a plazos que no permita continuar con el embargo también puede reunir los requisitos para obtener una exención.

Cómo solicitar una exención de gravamen

Comunícate con el IRS usando el número de teléfono que aparece en tu aviso para solicitar una exención del embargo. Es posible que deba explicar su situación financiera y presentar pruebas de dificultades económicas o de elegibilidad. El IRS a menudo exige el formulario 433-A o el formulario 433-F, o declaraciones informativas de cobro, para evaluar su situación financiera actual. Si su caso es urgente, el Servicio del Defensor del Contribuyente puede ayudarlo presentando el formulario 911.

Qué hacer si su solicitud es denegada

Si el IRS niega su solicitud de liberación, puede apelar mediante el formulario 9423, la solicitud de apelaciones de cobro. Esto inicia una revisión a través del Programa de Apelaciones de Cobranzas (CAP), lo que le permite impugnar la decisión del IRS. Actuar con rapidez ayuda a proteger su cuenta bancaria, sus activos comerciales o sus bienes personales contra la incautación. Tomar medidas rápidas puede detener el cobro forzoso y ayudarlo a recuperar la estabilidad financiera.

Si se enfrenta a dificultades financieras

Si el pago de su deuda tributaria con el IRS le impide cubrir los gastos básicos de subsistencia, puede calificar para recibir una ayuda en función de las dificultades económicas. En tales casos, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) puede otorgarle la condición de no cobrable actualmente (CNC), suspendiendo temporalmente las acciones de cobro forzosas. Si bien este estado no elimina la deuda, impide que el IRS confisque su cuenta bancaria, embargue los salarios o emita nuevos avisos de embargo durante una situación difícil.

Para solicitar el estado de CNC, debe proporcionar un resumen financiero completo. Por lo general, esto incluye la presentación del formulario 433-A, el formulario 433-F o los estados de información de cobro. Estos formularios requieren información detallada sobre sus ingresos, los gastos de manutención necesarios y sus activos. También es posible que deba presentar comprobantes, como talones de pago, facturas de servicios públicos y estados de cuenta bancarios, para verificar su estado de coleccionable.

Puede aprobar su solicitud de CNC si el IRS está de acuerdo en que el cobro causaría dificultades indebidas. Una vez aprobado, el IRS suspenderá los esfuerzos de cobro, pero seguirá cobrando intereses y multas sobre el saldo pendiente de pago. Debe continuar presentando todas las declaraciones de impuestos requeridas a tiempo. El estado de CNC no es permanente. El IRS puede revisar su situación financiera periódicamente para determinar si sus circunstancias han mejorado. Si sus ingresos aumentan o sus gastos disminuyen, el IRS puede anular la designación del CNC y reanudar la ejecución. Mantenerse en contacto con el IRS (o trabajar con un profesional de impuestos calificado) puede ayudar a garantizar que su desgravación se mantenga vigente todo el tiempo que sea necesario.

Dónde obtener ayuda para responder a un CP504

Si ha recibido una notificación CP504 y no está seguro de cómo proceder, existen varias fuentes confiables de asistencia. El Servicio de Impuestos Internos (IRS) y organizaciones independientes ofrecen herramientas, apoyo y representación para ayudarlo a administrar su deuda tributaria. Ya sea que necesite ayuda para hacer los arreglos de pago, apelar una decisión o evitar una acción impositiva, actuar con rapidez aumenta sus probabilidades de obtener una resolución favorable.

Estas son varias opciones disponibles para usted:

  • Puede comenzar por revisar las Publicaciones 594 y 1660 del IRS, que explican el proceso de cobro del IRS, sus derechos y cómo solicitar una audiencia de debido proceso de cobro, si corresponde.

  • Puede comunicarse con el IRS utilizando el número gratuito que figura en su aviso para hacer preguntas, establecer un acuerdo de pago a plazos o solicitar una revisión por dificultades económicas.

  • Si tiene dificultades financieras o demoras sin resolver, puede solicitar ayuda al Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) presentando el formulario 911, que inicia una revisión independiente de su caso.

  • Suponga que sus ingresos están por debajo de cierto nivel. En ese caso, es posible que reúna los requisitos para recibir asistencia de una clínica para contribuyentes de bajos ingresos (LITC, por sus siglas en inglés), donde los profesionales pueden ayudarle a responder a la notificación, presentar una apelación o representarlo ante un tribunal tributario a bajo costo o sin costo alguno.

A veces, trabajar con un profesional de impuestos calificado puede brindarle orientación personalizada y ayudarlo a evitar errores costosos. Buscar apoyo a tiempo te permite mantener el control, reducir el estrés y proteger tu futuro financiero antes de que la situación empeore.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa el aviso CP504 del IRS y en qué se diferencia de las cartas anteriores?

El aviso CP504 del IRS le informa que el Servicio de Impuestos Internos tiene la intención de confiscar activos, como su reembolso del impuesto estatal sobre la renta, debido a una deuda tributaria no resuelta. A diferencia de las cartas anteriores, como la CP14 o la CP503, la CP504 tiene valor legal según el código tributario. Es más que un simple recordatorio de pago: es una combinación de tasa y notificación que avisa de la inminente aplicación de la ley. Este es un aviso que nunca debes ignorar.

¿Puede el IRS confiscar bienes personales u otros bienes después de una CP504?

La CP504 le permite al IRS embargar su reembolso de impuestos estatales, pero no sus activos, otras propiedades o cuentas bancarias. Estas acciones requieren una notificación final de intención de embargar y una notificación de su derecho a presentar una apelación. Después de eso, el IRS puede iniciar una acción judicial contra otros activos, incluidos otros ingresos y depósitos bancarios. Ignorar el CP504 aumenta la probabilidad de una incautación mayor si la cuenta refleja un saldo pendiente de pago.

¿Qué viene después de una CP504? ¿Tengo derecho a una audiencia?

Después de la CP504, el IRS puede enviar la carta 1058 o LT11, que incluye su derecho a una audiencia y una notificación de su derecho a una audiencia de debido proceso de cobro. Este derecho le permite impugnar la acción de cobro o proponer alternativas. Puede solicitar una audiencia equivalente si no cumple con el plazo de 30 días, aunque esto no retrasará la ejecución. Una respuesta oportuna es fundamental para preservar las opciones legales.

¿Puede el IRS emitir un impuesto sobre el empleo descalificado después de la CP504?

El IRS no puede emitir un impuesto sobre el empleo descalificado basándose únicamente en la CP504. Sin embargo, si ignoras las notificaciones, el IRS puede recurrir a herramientas de cobro más agresivas, como gravar los pagos a la nómina o a los contratistas. Estos gravámenes se utilizan en casos de incumplimiento reiterado. Para evitarlos se requieren medidas proactivas, como establecer un plan de pagos, impugnar la deuda o consultar a un abogado especializado en impuestos para explorar estrategias de resolución.

¿La CP504 afectará a mi pasaporte o implicará el establecimiento público de un gravamen?

La CP504 no le impide de inmediato obtener un pasaporte estadounidense ni iniciar una solicitud de embargo público. Sin embargo, si la cuenta muestra una deuda tributaria muy morosa, el IRS puede responder publicando un aviso de gravamen tributario federal para que todos lo vean o comunicándolo al Departamento de Estado. Estas cosas pueden impedirle viajar y dañar su crédito. Tomar medidas a tiempo ayuda a evitar que las consecuencias se agraven y preserva su posición.

¿Puedo obtener ayuda profesional o una consulta gratuita para responder al CP504?

Si reúne los requisitos, puede consultar a un abogado o profesional especializado en impuestos o solicitar una consulta gratuita a través de una clínica para contribuyentes de bajos ingresos (LITC). Estos servicios lo ayudan a responder a las notificaciones del IRS, a presentar apelaciones y a representarlo ante un tribunal tributario si es necesario. Actuar solo puede ser riesgoso cuando sus activos están en juego. Obtener el asesoramiento de un experto garantiza que sus derechos y finanzas estén adecuadamente protegidos durante todo el proceso de cobro.

¿Qué sucede si tengo que impugnar una tasa pero no cumplo con la fecha límite de la audiencia?

Aún puede solicitar una audiencia de debido proceso de cobro mediante el formulario 12153, incluso si no cumplió con la fecha límite. Aún puede presentar su caso durante este proceso, pero las actividades de cobro continuarán. Puede ayudarlo a discutir sobre el monto adeudado o sugerirle otras opciones. Trabajar con un profesional de impuestos o un abogado mejora sus probabilidades de éxito y ayuda a proteger otros activos en riesgo de incautación.