Recibir una notificación del IRS puede resultar abrumador, especialmente cuando no es familiar. La notificación CP75 es una notificación de auditoría que se envía para informarle de que su declaración de impuestos original ha sido seleccionada para su posterior revisión. En concreto, el IRS solicita documentos específicos para verificar cuestiones tributarias, como los créditos que usted solicitó, incluidos el crédito tributario por ingreso del trabajo (EITC), el crédito tributario por hijos adicionales (ACTC), el crédito de reembolso de recuperación (RRC) o el crédito tributario para primas (PTC). Hasta que se complete el proceso de auditoría, la parte de su reembolso vinculada a estos créditos quedará en suspenso.

A muchos contribuyentes les preocupa que ser seleccionados signifique que cometieron un error o que están siendo acusados de fraude. Sin embargo, recibir una notificación CP75 no significa que haya hecho algo malo. El IRS selecciona las declaraciones mediante una selección aleatoria, sistemas automatizados y comparaciones de datos con las de otros contribuyentes a través de informes de terceros, como los formularios W-2 y 1099. El objetivo es garantizar que toda la información se haya presentado con precisión, no acusarlo ni penalizarlo sin motivo.

Comprender esta solicitud por escrito y cómo responderla es clave para proteger su reembolso y garantizar que reciba un trato profesional y cortés. Esta guía explicará por qué el IRS puede revisar su declaración, qué información recopila y cómo responder de manera efectiva, especialmente si su crédito tributario por ingreso del trabajo está en riesgo. Si actúas con prontitud y sigues las leyes tributarias vigentes, puedes minimizar las demoras y gestionar el proceso con confianza.

¿Qué es un aviso CP75 del IRS y cómo se relaciona con las auditorías por correo?

Una notificación CP75 del IRS es una solicitud oficial por escrito que le informa que su declaración de impuestos original ha sido seleccionada para una auditoría. Este tipo de notificación de auditoría se realiza íntegramente por correo (lo que a menudo se denomina auditoría por correspondencia) y se centra en verificar las cuestiones tributarias relacionadas con los créditos reembolsables, como el crédito tributario por ingreso del trabajo (EITC), el crédito tributario adicional por hijos (ACTC), el crédito de reembolso de recuperación (RRC) o el crédito tributario para las primas (PTC). Cuando se selecciona, el IRS retiene la parte de su reembolso asociada a estos créditos hasta que se complete el proceso de auditoría y se revisen todos los documentos específicos.

A diferencia de una auditoría de campo, que puede realizarse en la casa del contribuyente o en la oficina del IRS, la auditoría CP75 se gestiona por correo. La notificación incluye formularios e instrucciones, como el formulario 886-H-EIC, en los que se detalla la información necesaria para verificar su elegibilidad para estos créditos tributarios. Según su situación, estos pueden incluir registros sobre sus ingresos, familiares a cargo o gastos comerciales. La auditoría se puede resolver sin más contacto una vez que el IRS reciba y revise sus documentos.

Es importante entender que recibir una notificación CP75 no significa que el IRS sospeche de fraude o mala conducta. El IRS utiliza métodos como la selección aleatoria, la evaluación computarizada y la comparación con los datos de otros contribuyentes para marcar las declaraciones para su revisión. Si hay algo en su declaración que no concuerda con sus registros o es un indicador estadístico, el IRS puede emitir un CP75 para garantizar que todo se haya declarado con precisión en virtud de las leyes tributarias vigentes.

Comprender el propósito de este aviso ayuda a reducir la ansiedad y lo prepara para el éxito. Tiene derecho a recibir un trato profesional y cortés por parte de los empleados del IRS durante todo el proceso, e incluso puede autorizar a un representante a responder en su nombre. Al reaccionar con prontitud (normalmente en un plazo de 30 días) y proporcionar toda la documentación necesaria, puede ayudar a proteger su reembolso y evitar complicaciones adicionales.

Métodos de selección de auditorías del IRS: por qué se eligió su declaración

Si ha recibido un aviso CP75, significa que el IRS ha seleccionado su declaración de impuestos para auditarla, pero esto no significa necesariamente que haya cometido un error. El IRS usa varios métodos de selección para determinar qué declaraciones necesitan una revisión adicional. A continuación se detallan las razones más comunes por las que su declaración puede haber sido marcada como parte de un aviso CP75.

Muestreo aleatorio

Algunas auditorías se seleccionan completamente al azar. El IRS usa este método para evaluar el cumplimiento general y verificar las declaraciones de varios contribuyentes. Incluso si su declaración es exacta, es posible que lo elijan como parte de este proceso de revisión de calidad.

Detección computarizada

El IRS procesa todas las declaraciones de impuestos a través de sistemas computarizados que comparan su presentación con otras en rangos de ingresos y categorías de presentación similares. Si su declaración presenta patrones inusuales, como un número elevado de créditos reembolsables o cambios en el estado civil civil, es posible que se lleve a cabo una auditoría. Esto no sugiere fraude, pero exige una mayor verificación.

Comparación de datos de terceros

Las declaraciones de impuestos se comparan con los ingresos y los datos personales declarados por los empleadores, las instituciones financieras y las agencias gubernamentales. Si su declaración incluye discrepancias en cuanto a ingresos, familiares a cargo u otra información, el IRS puede solicitar la documentación mediante una notificación CP75. Estas discrepancias suelen ser el resultado de simples errores en la presentación de informes.

Señales de alerta estadísticas o cambios de un año a otro

Las diferencias significativas entre su declaración actual y las del año anterior pueden generar señales de alerta. Estas incluyen la incorporación de un nuevo hijo calificado, el cambio a la condición de cabeza de familia o la solicitud de nuevos créditos reembolsables. El IRS puede solicitar documentación para confirmar que estos cambios son legítimos. Comprender estos métodos de selección le ayudará a preparar su respuesta. A continuación, analizaremos los documentos que el IRS suele solicitar en una auditoría del CP75.

Documentación requerida por tipo de crédito

Cuando el IRS emite un aviso CP75, solicita documentación para verificar uno o más créditos reembolsables en su declaración de impuestos. Estos pueden incluir el crédito por ingreso del trabajo (EIC), el crédito tributario por hijos adicionales (ACTC), el crédito de reembolso de recuperación (RRC), el crédito tributario para primas (PTC) u otros. La notificación suele incluir formularios e instrucciones específicos. Presentar documentos completos y precisos antes de la fecha límite es fundamental para evitar créditos no permitidos o demoras en los reembolsos.

Crédito por ingresos del trabajo (formulario 886-H-EIC)

Para confirmar la elegibilidad para el EIC, el IRS aplica cuatro pruebas.

  • Prueba de residencia: Proporcione registros que demuestren que el niño vivió con usted en los EE. UU. durante más de la mitad del año. Los documentos aceptados incluyen registros escolares o médicos y cartas de agencias o proveedores de cuidado infantil.

  • Prueba de relación: Presente pruebas legales de que el niño es pariente suyo, como certificados de nacimiento, documentos de adopción o documentos judiciales.

  • Prueba de edad: El niño debe ser menor de 19 años, o 24 si es un estudiante de tiempo completo. Se requieren documentos médicos para la incapacidad permanente.

  • Requisito de SSN: Todas las personas incluidas en la lista deben tener un número de Seguro Social válido emitido antes de la fecha límite de la declaración de impuestos.

Demandas de dependientes (formulario 886-H-DEP)

Si el IRS cuestiona su reclamación de dependiente, necesitará:

  • Comprobante de residencia (registros escolares o de vivienda)

  • Prueba de relación (registros de nacimiento o adopción),

  • Prueba de edad,

  • Y documentación de respaldo que confirme que usted proporcionó más de la mitad del cuidado del niño.

Verificación del estado de presentación (formulario 14824)

Para la condición de cabeza de familia, indique:

  • Una sentencia de divorcio o un contrato de arrendamiento que muestre la separación por seis meses

  • Facturas o recibos que demuestren que pagó más de la mitad de los gastos del hogar

  • Y los documentos muestran que el dependiente vivía con usted.

Otros créditos

  • American Opportunity Credit (formulario 886-H-AOC): Presente el formulario 1098-T, los recibos de matrícula y el comprobante de inscripción.

  • Crédito tributario para primas (formulario 14950): Presente el formulario 1095-A, los registros del seguro y la documentación de pago de las primas.

  • Crédito por cuidado de niños y dependientes (formulario 14801): Incluya los recibos, la información del proveedor y la prueba de que su hijo vivió con usted durante el cuidado.

Envíe siempre copias, no originales, y revise su aviso CP75 para que coincida exactamente con los formularios requeridos.

Cómo responder a una notificación CP75 y navegar por el proceso de auditoría del IRS

Recibir una notificación CP75 puede resultar abrumador, pero una respuesta clara y oportuna puede ayudarlo a conservar los créditos tributarios a los que tiene derecho. El IRS incluye instrucciones y formularios junto con su notificación para guiarlo. Siga estos seis pasos cuidadosamente para asegurarse de que su respuesta cumpla con todos los requisitos y plazos del IRS.

1. Lea detenidamente el aviso

Comience por leer su aviso CP75 de principio a fin. El aviso explica qué créditos se están revisando y enumera los formularios que debe completar. También especifica la fecha límite para su respuesta, por lo general 30 días a partir de la fecha de notificación. Marque este plazo con claridad, ya que no cumplirlo podría resultar en la denegación de sus créditos.

2. Reúna la documentación requerida

Luego, reúna los documentos que solicita el IRS. Estos figurarán en la notificación y en los formularios de verificación adjuntos, como el formulario 886-H-EIC, el formulario 886-H-DEP o el formulario 14824. Asegúrese de que todos los documentos:

  • Son copias legibles (nunca envíes originales).

  • Se refieren específicamente al año tributario que se examina.

  • Incluya nombres, fechas y direcciones que coincidan con su declaración de impuestos.

Por ejemplo, si verifica a un hijo que reúne los requisitos para el crédito por ingreso del trabajo, proporcione los registros escolares o médicos que demuestren que el niño vivió con usted durante más de la mitad del año.

3. Complete el formulario de respuesta

Su notificación CP75 incluye un formulario de respuesta. Usa este formulario para indicar qué documentos vas a presentar y a qué créditos se refieren. Marca todas las casillas correspondientes y asegúrate de que la información es correcta. Firme y feche el formulario antes de agregarlo a su paquete de respuesta.

4. Envíe su respuesta al IRS

Puedes enviar tu respuesta de tres maneras. Elija el método que garantice que el IRS reciba su documentación antes de la fecha límite:

  • Cargar digitalmente: La herramienta de carga de documentos (DUT) para el examen por correspondencia del campus del IRS le permite cargar documentos de forma segura. Recibirá una confirmación cuando el IRS reciba su presentación.

  • Fax: Use el número de fax que aparece en su aviso. Si utilizas un servicio de fax en línea, asegúrate de que incluya la confirmación de entrega y proteja tu privacidad.

  • Correo: Envíe sus documentos a la dirección del IRS que figura en el aviso. Use correo certificado con seguimiento para poder verificar la entrega.

Independientemente del método, incluya:

  • El formulario de respuesta completado.

  • Copias de toda la documentación solicitada.

  • Una copia del aviso o de la parte inferior desmontable.

5. Espere a que el IRS revise su respuesta

Después de enviar su respuesta, el IRS normalmente tarda unos 30 días en revisar sus documentos. En la mayoría de los casos, no se requiere ninguna otra acción a menos que el IRS se comunique con usted. Si quieres hacer un seguimiento, puedes:

  • Llame al IRS al número que aparece en su aviso.

  • Inicie sesión en su cuenta en línea del IRS en IRS.gov/Su cuenta para obtener actualizaciones.

6. Guarde una copia de todo lo que envíe

Guarde una copia completa de su respuesta para su registro. Esto incluye todos los documentos, los formularios completados y las confirmaciones por fax o correo. Mantener registros organizados le ayudará si necesita apelar una denegación o hacer referencia a la auditoría en ejercicios tributarios futuros. Responder correctamente a una notificación del CP75 ayuda a evitar demoras en los reembolsos y garantiza que sus créditos permanezcan intactos. En la siguiente sección, explicaremos qué sucede si no respondes y cómo eso podría afectar tu situación tributaria.

¿Qué pasa si no respondes?

Si no responde a una notificación CP75 antes de la fecha límite (por lo general, 30 días a partir de la fecha de la carta), el IRS procederá sin la documentación solicitada. Esto significa que el IRS asumirá que usted no reúne los requisitos para recibir los créditos en cuestión y los rechazará. Los créditos que suelen verse afectados incluyen el crédito por ingresos del trabajo (EIC), el crédito tributario por hijos adicionales (ACTC) y el crédito tributario para las primas (PTC). Como resultado, cualquier parte de su reembolso relacionada con esos créditos se retendrá o reducirá.

Cuando el IRS no permita los créditos, recibirá un informe de examen en el que se detallan los cambios propuestos en su declaración de impuestos. El informe mostrará cómo se ajustó su reembolso o, si corresponde, qué cantidad adeuda ahora. Este nuevo saldo puede incluir impuestos, multas e intereses, principalmente si su reembolso se elimina por completo. Si no responde, también perderá la oportunidad de presentar documentación que podría haber resuelto el problema. El IRS toma sus decisiones basándose en la información de la que dispone; si no se proporciona nada, se le denegarán los créditos de forma predeterminada.

Si no puede responder antes de la fecha límite, es esencial que se comunique con el IRS de inmediato utilizando el número de teléfono que figura en su aviso. En muchos casos, el IRS concederá una breve prórroga si usted explica su situación. Tomar medidas, incluso si se retrasa, es mucho mejor que no hacer nada y correr el riesgo de sufrir consecuencias financieras que pueden tardar meses o años en solucionarse.

Qué esperar después de que el IRS revise sus documentos

Después de enviar su respuesta a una notificación CP75, el IRS revisará su documentación. Este proceso generalmente demora alrededor de 30 días, aunque puede demorar más según el volumen y la complejidad de los casos. Durante este tiempo, el IRS evalúa si los documentos que proporcionó respaldan adecuadamente los créditos tributarios que se están revisando. No necesita tomar más medidas a menos que el IRS se comunique con usted para solicitar aclaraciones o documentos adicionales.

Si se acepta su documentación, el IRS aprobará los créditos y emitirá un aviso confirmando que la auditoría está cerrada. Por lo general, su reembolso, o la parte retenida, se emitirá en un plazo de ocho semanas a partir de la notificación del cierre, a menos que otras deudas lo compensen. Si su documentación está incompleta o es insuficiente, el IRS puede denegar algunos o todos los créditos. Recibirá un informe de examen en el que se detallarán los cambios propuestos en su declaración de impuestos. Esto puede resultar en una reducción del reembolso o en una cantidad adeudada, según cómo se ajusten los créditos.

Puede responder o apelar si no está de acuerdo con las conclusiones del IRS. Las instrucciones se incluirán en el informe y podrá solicitar una conferencia o presentar documentación adicional para su reconsideración. Saber qué esperar después de la presentación le ayuda a mantenerse informado y preparado. Un resultado exitoso depende de la integridad y precisión de sus documentos, pero incluso si se le deniegan los créditos, aún tiene opciones para apelar o corregir el problema.

Si se le niega el crédito tributario por ingreso del trabajo (EITC): qué hacer a continuación

Si el IRS niega su crédito por ingreso del trabajo (EIC), es importante que no se asuste. Aún tiene opciones para abordar la decisión y, en algunos casos, revertirla. La clave es entender por qué se denegó el crédito y responder adecuadamente dentro del plazo indicado en su aviso del IRS.

Comprender la negación

Comience por revisar el informe de examen del IRS. Este documento describe el motivo de la denegación. Entre las causas frecuentes se incluyen las siguientes:

  • Documentación faltante o incompleta que demuestre que su hijo vivió con usted durante más de la mitad del año.

  • Números de Seguro Social no válidos o faltantes para usted, su cónyuge o su hijo.

  • Reclamaciones contradictorias, como que otra persona reclame al mismo hijo.

  • Estado civil no elegible o ingresos por encima de los límites del EIC.

Entender el problema exacto le ayudará a decidir qué pasos tomar a continuación.

Respuesta a la decisión

Si está de acuerdo con el IRS, puede aceptar los cambios firmando el informe de examen. Sin embargo, si no está de acuerdo y tiene documentación adicional, puede presentarla antes de la fecha límite. El IRS puede reconsiderar su decisión basándose en esta nueva información. Si su reclamación sigue siendo denegada, tiene derecho a apelar. La notificación del IRS incluirá instrucciones para presentar una apelación formal a través de la Oficina de Apelaciones.

Formulario 8862 para reclamaciones futuras

Si su EIC fue denegado, es posible que el IRS le pida que presente el formulario 8862 con su próxima declaración de impuestos antes de volver a conceder el crédito. Este formulario es necesario a menos que el IRS te envíe una notificación CP74 confirmando la recertificación o que cumplas con excepciones específicas.

Períodos de prohibición y penalizaciones

Si el IRS determina que usted reclamó indebidamente el EIC de manera intencional o imprudente, puede imponerle una prohibición de dos años. En los casos de fraude, la prohibición puede extenderse a diez años. También se puede aplicar una multa del 20% del crédito no permitido. Si se deniega tu EIC, actuar con rapidez y conocer tus derechos puede ayudar a proteger tu reembolso y evitar mayores complicaciones. La documentación clara y las respuestas oportunas son las mejores herramientas para resolver el problema.

Situaciones especiales y excepciones

Algunos contribuyentes que reciben una notificación CP75 pueden enfrentar circunstancias únicas que afectan la forma en que responden. Es posible que se apliquen reglas especiales si está separado de su cónyuge, si se enfrenta a un robo de identidad o si necesita más tiempo para reunir los documentos. Entender estas excepciones puede ayudarte a evitar errores y a proteger tu elegibilidad para el crédito electrónico.

Declarantes casados pero separados

Si está casado pero ha vivido separado de su cónyuge durante los últimos seis meses del año tributario, aún puede calificar para el crédito por ingreso del trabajo. Para hacerlo, usted debe:

  • Preséntate como cabeza de familia o soltero.

  • Tiene un hijo calificado que vivió con usted más de la mitad del año.

  • Pague más de la mitad del costo de mantenimiento de su vivienda.

También debe demostrar que usted y su cónyuge mantuvieron residencias separadas, a menudo utilizando facturas de servicios públicos, registros escolares o contratos de arrendamiento.

Casos de robo de identidad

Si recibió una notificación CP75 por una declaración que no presentó, es posible que se deba a un robo de identidad. Comunícate con el IRS de inmediato usando el número de teléfono que aparece en la notificación. Es posible que también deba presentar el formulario 14039, declaración jurada de robo de identidad, y seguir las instrucciones que se encuentran en irs.gov/identity-theft.

Solicitar más tiempo

Puede llamar al IRS para solicitar una prórroga si no puede reunir todos los documentos requeridos antes de la fecha límite. Muchas solicitudes se conceden si se hacen antes de la fecha límite. Las situaciones especiales requieren una atención oportuna. Actúe con rapidez y documente sus circunstancias para proteger sus créditos.

Dónde obtener ayuda y recursos

Recibir una notificación CP75 puede resultar estresante, pero no está solo. Hay recursos confiables disponibles para ayudarlo a responder de manera adecuada y puntual. Ya sea que necesite orientación oficial o asistencia independiente, el apoyo está a su alcance.

Asistencia del IRS

Puede comunicarse con el IRS utilizando el número gratuito que figura en su aviso CP75. Los representantes pueden explicarle el aviso, confirmar los plazos y ayudarlo a comprender los documentos requeridos. Tenga a mano su aviso y su declaración de impuestos cuando llame para facilitar el proceso. La comunicación directa puede ayudar a evitar demoras o errores.

Clínicas para contribuyentes de bajos ingresos (LITC)

Estas clínicas ofrecen apoyo gratuito o de bajo costo para los contribuyentes que cumplen con las reglas de elegibilidad de ingresos. Los LITC ayudan con las auditorías, las apelaciones y la presentación de la documentación del IRS. Puede localizar una clínica cercana a través de la publicación 4134 del IRS o del sitio web del Servicio del Defensor del Contribuyente. La ayuda profesional puede marcar una gran diferencia si no estás seguro de cómo proceder.

Publicaciones y kits de herramientas del IRS

  • La publicación 3498-A explica en detalle el proceso de auditoría por correo.

  • La publicación 596 describe las reglas y la elegibilidad del crédito por ingreso del trabajo.

  • El kit de herramientas del formulario 886-H-EIC proporciona una lista de verificación de los documentos aceptados.

  • La herramienta EITC Assistant lo ayuda a confirmar la elegibilidad antes de presentar la solicitud.

Consejos preventivos para futuros años tributarios

La preparación intensiva es clave para evitar futuras notificaciones sobre el CP75. Mantener registros completos, verificar la elegibilidad para los créditos tributarios y presentarlos con cuidado reduce la posibilidad de demoras o denegaciones relacionadas con las auditorías.

Organice sus registros durante todo el año

Mantenga todos los documentos relacionados con los impuestos en un solo lugar durante todo el año. Guarde los registros escolares, las declaraciones médicas, los contratos de arrendamiento o cualquier documento que demuestre la residencia de su hijo. Conserve los documentos oficiales, como los certificados de nacimiento o las órdenes judiciales, que demuestren su relación con el niño. La documentación adecuada puede acelerar su respuesta si el IRS solicita pruebas.

Verifique la elegibilidad antes de presentar la solicitud

Antes de solicitar créditos como el Crédito por Ingresos del Trabajo (EIC), revise las reglas del IRS para el año en curso. Usa herramientas como el Asistente EITC del IRS y la Publicación 596 para confirmar tus requisitos. Verifique que todas las personas que figuran en su declaración tengan un número de seguro social válido emitido para trabajar. La presentación de solicitudes que no reúnen los requisitos, incluso por error, puede conllevar auditorías y penalizaciones futuras.

Presente electrónicamente y revíselo cuidadosamente

La presentación electrónica con un software tributario acreditado o con un preparador de impuestos calificado ayuda a detectar errores simples. Estas plataformas suelen resaltar los formularios que faltan o las entradas contradictorias antes de enviarlos. La presentación electrónica también acelera el procesamiento y reduce los problemas de envío.

Responda rápidamente a cualquier aviso del IRS

Si recibe correspondencia del IRS, léala inmediatamente y tome medidas antes de la fecha límite. La comunicación temprana evita que los problemas menores se conviertan en problemas mayores. Ser proactivo ayuda a proteger su reembolso y a evitar interrupciones.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el aviso CP75 del IRS y por qué lo recibí?

El aviso CP75 del IRS es una carta que indica que su declaración está siendo auditada debido a créditos reembolsables como el Crédito por Ingresos del Trabajo (EITC). La recibió porque el IRS inició una auditoría, que a menudo se basó en datos de terceros o en inconsistencias con otras declaraciones. No es una acusación de fraude. Más bien, es una nota en la que se solicita documentación de respaldo para verificar los créditos que solicitaste durante la preparación de la declaración de impuestos.

¿Cuánto tiempo tengo para responder a una notificación CP75?

El IRS otorga 30 días para responder a una notificación CP75, tal como se indica en la carta que recibió. Puede llamar al IRS para solicitar una prórroga si necesita más tiempo. La carta puede contener un identificador de seguimiento para supervisar la seguridad. Responder dentro del plazo es esencial para evitar la denegación de créditos o la adopción de nuevas medidas. Si es necesario, puede designar a un representante autorizado para que se encargue de la respuesta.

¿Puedo recibir mi reembolso de todos modos si respondo a tiempo?

Supongamos que responde dentro del plazo requerido e incluye la documentación completa. En ese caso, el IRS revisará tu caso y, si todo está validado, liberará la parte del reembolso retenido. La presentación electrónica y la presentación de documentos a través de portales digitales seguros reducen las demoras y garantizan que su preparación de impuestos sea completa y precisa.

¿Necesito un abogado o un profesional de impuestos para responder a la notificación CP75?

No es obligatorio contratar a un profesional de impuestos, pero puede ser útil, especialmente si no estás familiarizado con las auditorías o la documentación. Un profesional puede ayudarte a organizar y presentar tu caso con claridad y actuar como tu representante autorizado. También pueden ayudar a explicar los vínculos financieros con los socios comerciales o a aclarar situaciones complejas. Algunas personas buscan ayuda en las clínicas para contribuyentes de bajos ingresos o consultan a un gerente del IRS si tienen problemas de comunicación.

¿Qué sucede si el IRS no permite mi crédito?

Si el IRS no permite su EITC u otros créditos, emitirá un informe de auditoría formal explicando por qué. Esto ocurre con frecuencia debido a la falta de documentación o a reclamaciones contradictorias. Si no está de acuerdo, puede apelar los desacuerdos a través de la Oficina de Apelaciones del IRS presentando pruebas adicionales o solicitando una conferencia. Alguien que actúe en tu nombre, como un profesional de impuestos, puede ayudarte en este proceso.

¿Esta auditoría afectará mi calificación crediticia?

No, una auditoría CP75 no afecta directamente a su calificación crediticia. Sin embargo, si su reembolso se reduce y adeuda impuestos adicionales y no paga, el IRS podría eventualmente presentar un gravamen tributario federal. Esto podría afectar su crédito. Además, si estás involucrado en una empresa y compartes la responsabilidad financiera con tus socios comerciales, el resultado de la auditoría podría afectar indirectamente a otras presentaciones u obligaciones.

¿Puedo seguir declarando impuestos el año que viene después de una denegación del EIC?

Sí, pero si se le denegó su crédito por ingreso del trabajo, es probable que deba presentar el formulario 8862 antes de poder volver a solicitar el crédito. Si la denegación implicó un comportamiento imprudente o fraudulento, el IRS puede imponer una prohibición durante dos o incluso diez años. Verifique siempre la elegibilidad antes de solicitar los créditos y documente todo adecuadamente durante su próxima ronda de preparación de impuestos para evitar problemas futuros.